Columna

La justicia del rey Salomón

Al día siguiente de que Zapatero y Rajoy se reunieran hace una semana y acordaran la renovación el próximo mes de septiembre por los grupos parlamentarios de las 20 vocalías del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de cinco de los 12 magistrados del Tribunal Constitucional (cuatro por el Senado y uno por el Congreso), una sentencia del Tribunal Constitucional removía el único obstáculo aún existente para que las Cortes pudieran cumplir esa tarea una vez reanudado el periodo de sesiones. La colaboración de los dos grandes partidos de ámbito estatal, cuyos representantes ocupan más del 90...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Al día siguiente de que Zapatero y Rajoy se reunieran hace una semana y acordaran la renovación el próximo mes de septiembre por los grupos parlamentarios de las 20 vocalías del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y de cinco de los 12 magistrados del Tribunal Constitucional (cuatro por el Senado y uno por el Congreso), una sentencia del Tribunal Constitucional removía el único obstáculo aún existente para que las Cortes pudieran cumplir esa tarea una vez reanudado el periodo de sesiones. La colaboración de los dos grandes partidos de ámbito estatal, cuyos representantes ocupan más del 90% de los escaños del Parlamento, resulta imprescindible y a la vez suficiente para unos nombramientos que exigen el consenso de los 3/5 de los diputados y senadores.

Una sentencia del Constitucional deja vía libre a la renovación de órganos constitucionales

La sentencia rechaza el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el PP contra la modificación introducida en el Reglamento del Senado durante la pasada legislatura a fin de adaptar el procedimiento de nombramiento de sus cuatro magistrados a la previa reforma aprobada en mayo de 2007. Esa modificación de la ley del TC otorga a los 17 Parlamentos autónomos la capacidad de propuesta de candidatos -dos aspirantes en cada caso- para las cuatro vacantes disponibles. La novedad no sólo añade complejidad y tardanza al mecanismo anterior, ya que requiere la modificación de los reglamentos de las asambleas territoriales y la elección de una treintena de candidatos, sino que también arrojaba dudas sobre su encaje constitucional. Aprobada esa reforma de la ley del TC a instancias de las minorías nacionalistas, podría ser leída como una violación del artículo 159.1 de la norma fundamental, que establece el nombramiento por el Rey de cuatro de los 12 magistrados del Constitucional "a propuesta del Senado". El TC ha resuelto el recurso -por siete votos contra tres- mediante una sentencia interpretativa todavía no hecha pública en su integridad que acepta la constitucionalidad de la reforma pero que deja en manos del Senado la posibilidad de obviar las propuestas de los Parlamentos autónomos si no considera idóneos a sus candidatos, por un lado, y de elegir a todos o algunos de los cuatro magistrados sin ese condicionamiento previo, por otro. A diferencia de la versión tradicional de la justicia salomónica, que ordena el troceamiento del cuerpo del niño en disputa pero que es aceptada sólo por la madre impostora, esta variante interpretativa recibe la crítica de las dos partes implicadas en el pleito: los defraudados recurrentes y los insatisfechos con el margen de total autonomía concedida al Senado.

La tardanza de la renovación parcial del TC por la Cámara baja -vencía el pasado diciembre- ha retrasado el sobrecargado calendario de la veintena de recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP durante la anterior legislatura: el Estatuto de Cataluña ocupa un lugar preferente en la lista de asuntos pendientes. Aun sin alcanzar el colmo del cinismo de los 18 meses de boicot infligidos a la renovación del CGPJ, el sabotaje del Grupo Popular a la designación de los cuatro magistrados del Senado fue acompañado por los dos recursos obstruccionistas de inconstitucionalidad del PP contra el nuevo procedimiento de elección. La razón inicial de ese forzado retraso fue que la inicua recusación del magistrado Pérez Tremps, víctima inocente de la celada tendida por la mitad del tribunal, le daba artificialmente la mayoría al bloque conservador afín al PP en el recurso contra el Estatuto catalán; sin embargo, el fallecimiento hace pocas semanas del juez García-Calvo -designado en su día por el Congreso- cambió las tornas.

Sería deseable que los Parlamentos autónomos designaran pronto a sus candidatos para magistrados del Constitucional elegibles por el Senado. Y todo hace suponer también que el compromiso anunciado tras la reunión hace una semana del presidente del Gobierno con el líder del PP en torno al TC y al CGPJ será cumplido y habrá previsto los eventuales accidentes de recorrido en las Asambleas territoriales. Por el contrario, hay serias razones para temer que PSOE y PP -así como CiU y PNV- continuarán aplicando criterios contrarios al espíritu de la ley para la renovación de los dos órganos constitucionales. Al parecer, el Gobierno y el principal partido de la oposición se repartirán a medias a los cuatro magistrados del Senado. El rumoreado nombramiento de Francisco Hernando, el peor presidente del CGPJ del que se guarda memoria, para sustituir -por común acuerdo de los grupos socialista y popular en el Congreso- al fallecido García-Calvo en el TC sería un humillante sarcasmo. Los partidos en liza parecen dispuestos a seguir deslegitimando a los órganos constitucionales con sus sectarias estrategias de consenso faccional: repartirse primero los casilleros en blanco de las plazas vacantes y rellenarlas después en la soledad soberana de sus sedes respectivas con los nombres de los candidatos sensibles a sus futuras instrucciones.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En