El acceso a la carrera judicial

Oposición y curso en la Escuela Judicial

El ingreso en la carrera judicial, tal como recoge el artículo 301 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), está basado en los principios de mérito y capacidad. La forma habitual de acceso se realiza mediante una oposición y un curso teórico y práctico de selección que se sigue en la Escuela Judicial, radicada en Barcelona.

También podrán ingresar en la carrera judicial por el turno de magistrado del Tribunal Supremo o de magistrado, juristas de reconocida competencia. El conocido como cuarto turno de acceso se provee de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profes...

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El ingreso en la carrera judicial, tal como recoge el artículo 301 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), está basado en los principios de mérito y capacidad. La forma habitual de acceso se realiza mediante una oposición y un curso teórico y práctico de selección que se sigue en la Escuela Judicial, radicada en Barcelona.

También podrán ingresar en la carrera judicial por el turno de magistrado del Tribunal Supremo o de magistrado, juristas de reconocida competencia. El conocido como cuarto turno de acceso se provee de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional y deben superar un curso de formación en la Escuela Judicial.

Las oposiciones para el ingreso en las carreras judicial y fiscal deben convocarse al menos cada dos años y los candidatos aprobados, según el orden de la puntuación obtenida, pueden optar por una u otra carrera.

Más información

En 2006, firmaron la oposición 3.918 aspirantes para 150 plazas de juez y se nombraron otros 131 fiscales. En 2007 el número de opositores descendido a unos 3.700 para otras 150 plazas de juez.

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