El Tribunal Supremo anula el sistema de elección 'a dedo' de puestos en la Ertzaintza

Erne subraya que la sentencia pone freno al actual diseño de "policía política"

El Tribunal Supremo ha echado por tierra el sistema de elección a dedo utilizado por el Departamento de Interior para numerosas plazas en la Ertzaintza. Sindicatos y la oposición parlamentaria llevan años denunciando que el recurso a la libre designación para cubrir puestos clave de varias unidades se había convertido en la vía utilizada por los responsables de Interior para "perpetuar el modelo de policía política" que, a su juicio, impera en la Ertzaintza.

La consejería ha defendido, por el contrario, que en ese tipo de cargos de responsabilidad - de "staff", argu...

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El Tribunal Supremo ha echado por tierra el sistema de elección a dedo utilizado por el Departamento de Interior para numerosas plazas en la Ertzaintza. Sindicatos y la oposición parlamentaria llevan años denunciando que el recurso a la libre designación para cubrir puestos clave de varias unidades se había convertido en la vía utilizada por los responsables de Interior para "perpetuar el modelo de policía política" que, a su juicio, impera en la Ertzaintza.

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La consejería ha defendido, por el contrario, que en ese tipo de cargos de responsabilidad - de "staff", argumentaban en sus alegaciones ante el tribunal- se maneja "una información en muchos casos confidencial que requiere una relación de confianza y responsabilidad que justifica" por sí solo "el sistema de provisión de libre designación".

La libre designación es por ley un sistema "excepcional" para designar puestos directivos o de especial responsabilidad. La legislación actual fija como tope para esa formula de elección a dedo un 8% del total de puestos, algo que Interior ha cumplido siempre escrupulosamente.

Pero la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, presidida por el magistrado Juan José González Rivas, considera que Interior no ha justificado "de manera suficiente" el recurso a esta fórmula extraordinaria. Y ha declarado contrarias a derecho un total de 41 plazas en puestos de responsabilidad en unidades como Inspección General (asuntos internos), Planificación y Gestión en las tres jefaturas territoriales de Seguridad Ciudadana, Berrozi o el Servicio de Prensa. Esta resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo Rojas, tiene una importancia singular, porque tumba el argumento de Interior de que esos puestos requieren un grado de confianza y de responsabilidad elevados. Una tesis que limitaba por la vía de los hechos la promoción interna a través del concurso de méritos para dichos puestos. Otras policías tienen recurrido el sistema de libre designación, por lo que la eficacia del fallo trasciende al cuerpo de la Ertzaintza.

El razonamiento principal del Supremo es que Interior "no justifica de manera suficiente que se trate de puestos de especial responsabilidad, ya que no se acompaña una exposición de las funciones de cada uno de esos puestos, al menos de sus tareas principales, ni se explica su incardinación o posición relativa dentro de la cadena jerárquica".

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Este sistema ha sido criticado por toda la oposición parlamentaria y por las centrales policiales porque era la puerta por la que lograban "colocar a la gente afín al PNV" y convertía a la Ertzaintza en una "policía de partido" y "politizada". El sindicato mayoritario en la Ertzaintza, Erne, que llevó el caso a los tribunales en marzo de 2001 bajo la dirección del letrado Ernesto Martínez de la Hidalga, opina que la sentencia "pone freno al actual diseño de policía política". Pese a que el Tribunal Superior vasco ya reconvino a Interior con la sentencia de mayo de 2002, ahora confirmada por el Supremo, la consejería que dirige Javier Balza mantuvo el sistema de elección a dedo. sin motivarlo suficientemente en las siguientes Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT).

En marzo de 2006, la misma Sección del Superior vasco -la presidida por la magistrada Ana Isabel Rodrigo- dictó una segunda sentencia que volvió a considerar contrario a derecho el sistema de libre designación para nueve puestos en asuntos internos.

En ese segundo caso, también recurrido por la consejería, el tribunal añadió dos argumentos contra las tesis de Interior: "El conocimiento de información confidencial no puede ser elemento determinante de este sistema de provisión, ya que informaciones confidenciales se conocen en muchos servicios policiales, sin que ello justifique que en todos los casos se provean por vía de la libre designación", según la resolución que firmaba el magistrado Luis Ángel Garrido. Y, además, la Sala no apreciaba en esos puestos "un grado de responsabilidad que resulte ser notablemente superior al de otros puestos relacionados con investigaciones de terrorismo, narcotráfico, crimen organizado, inmigración ilegal..., en los que se maneja delicada información y que requieren una respuesta policial especializada".

El consejero de Interior, Javier Balza, pasa revista a una promoción de la Ertzaintza en 2003.PRADIP J. PHANSE

POLÉMICA POR LA LIBRE DESIGNACIÓN

En 2001, los tribunales de lo Contencioso Administrativo vascos comienzan a fallar contra el Departamento de Interior y, en algún caso, contra la Policía Municipal de San Sebastián por el uso de la libre designación sin fundamentación alguna.

En plena confrontación entre constitucionalistas y nacionalistas, PP y PSE llevan a la Cámara iniciativas para denunciar que la designación a dedo perpetúa el modelo de "policía política". Balza niega amiguismos o la acusación de ser una "policía al servicio del PNV".

El PP propone en septiembre de 2001 una reforma legal para reducir a la mitad los puestos de libre designación. El tripartito lamina la propuesta.

En marzo de 2006, el Tribunal Superior vasco vuelve a fallar contra Interior por los nombramientos a dedo.

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