El fiscal aprecia delitos de tráfico de influencias y prevaricación

La presentación de la querella por parte del PSOE contra Esperanza Oña y otros ocho concejales del Ayuntamiento de Fuengirola conllevó que la Fiscalía del TSJA emitiera un informe en el que censuraba con contundencia la duplicidad ejercida por el director de la televisión municipal, José Manuel Díaz, que facturó más de 200.000 euros al propio ente público. A pesar de esta crítica, el fiscal no aclara la participación de Oña: "Las contrataciones pueden rebasar la mera ilegalidad administrativa para integrarse en el ámbito penal como delitos continuados de prevaricación y tráfico de influencias ...

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La presentación de la querella por parte del PSOE contra Esperanza Oña y otros ocho concejales del Ayuntamiento de Fuengirola conllevó que la Fiscalía del TSJA emitiera un informe en el que censuraba con contundencia la duplicidad ejercida por el director de la televisión municipal, José Manuel Díaz, que facturó más de 200.000 euros al propio ente público. A pesar de esta crítica, el fiscal no aclara la participación de Oña: "Las contrataciones pueden rebasar la mera ilegalidad administrativa para integrarse en el ámbito penal como delitos continuados de prevaricación y tráfico de influencias sin que pueda descartarse la participación de la persona aforada [en relación a la alcaldesa]".

Para el Ministerio Público hay pruebas de que ha existido una vulneración de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y de la normativa sobre incompatibilidades. "Existen elementos indiciarios suficientes para sostener que tras producirse el nombramiento de José Manuel Díaz como director de la empresa municipal Fuengirola Televisión S. A. en el año 2002, ha tenido una relevante relación comercial con el Ayuntamiento de Fuengirola mediante la prestación de servicios audiovisuales directamente relacionados con su función como director de la televisión municipal".

El PP, con mayoría absoluta en Fuengirola, votó el pasado 10 de mayo en un pleno a favor de crear una comisión de investigación sobre estas contrataciones. Pero ésta no se llegó a reunir ni una sola vez y su vigencia se extinguió con el cambio de corporación. En dicho pleno, Oña leyó informes jurídicos que certifican que "se cumplió escrupulosamente la ley" y que no existía incompatibilidad porque se trataba de trabajos artísticos que están fuera de las estipulaciones de la ley de contratos de las administraciones públicas.

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