Editorial:

Agua sin ley

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, ha justificado su decisión de retirar la proyectada Ley de Aguas por falta de tiempo para su tramitación. A juzgar por las reacciones suscitadas por el proyecto, es probable que en la decisión haya contado sobre todo el deseo de evitar una nueva bronca territorial en vísperas de elecciones. El objetivo esencial de la iniciativa fue establecer criterios de participación de las comunidades autónomas en la gestión de las cuencas hidrográficas, a fin de terminar con la deriva de enfrentamiento entre ellas a cuenta de las competencias que se atribuía...

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La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, ha justificado su decisión de retirar la proyectada Ley de Aguas por falta de tiempo para su tramitación. A juzgar por las reacciones suscitadas por el proyecto, es probable que en la decisión haya contado sobre todo el deseo de evitar una nueva bronca territorial en vísperas de elecciones. El objetivo esencial de la iniciativa fue establecer criterios de participación de las comunidades autónomas en la gestión de las cuencas hidrográficas, a fin de terminar con la deriva de enfrentamiento entre ellas a cuenta de las competencias que se atribuían en sus respectivas reformas estatutarias.

En los ríos intracomunitarios la competencia es de cada comunidad, lo que no plantea problemas. Pero en relación a los que discurren por varias comunidades, la Constitución atribuye al Estado (artículo 149-22) competencia exclusiva sobre la legislación, ordenación y concesión de recursos de las cuencas correspondientes. Si es una competencia exclusiva, lo lógico sería que los Estatutos no dijeran nada al respecto. Pero el reformado de Cataluña establece límites a esa exclusividad en los tramos de los ríos que transcurrieran por su territorio. Otras comunidades han imitado el planteamiento, con propuestas a veces mutuamente excluyentes: derecho a recibir aguas excedentes (Valencia) frente a derecho unilateral a limitar los trasvases (Castilla-La Mancha, Aragón). Y ya ha habido recursos ante el Constitucional, incluso entre comunidades gobernadas por el mismo partido: Extremadura contra Andalucía.

El proyecto de la ministra Narbona trataba de hacer compatible el principio de la competencia estatal con la reclamación del derecho a voz y voto de algunas autonomías. A tal fin, el Gobierno se reservaba la mitad más uno de los miembros de los Consejos decisorios de cada cuenca, y atribuía el 45% de la representación a las comunidades y el 4% a los ayuntamientos. La partición de cada comunidad en esos Consejos dependería a su vez del territorio y la población afectados. El resultado fue que las comunidades y sectores implicados (regantes, ecologistas, partidos...) redoblaran sus desacuerdos, ahora a cuenta del reparto previsto. En estas condiciones cabe dudar de que, con independencia de quién gane las elecciones, el proyecto pueda replantearse en los mismos términos en la siguiente legislatura. Lo cual tendría el efecto negativo de eliminar, a cuenta de la batalla competencial, las muy razonables medidas que planteaba en orden a la racionalización del uso del agua (tasas al consumo, bancos de agua en cada cuenca) y de defensa medioambiental, con un reforzado sistema de sanciones.

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