Tribuna:CONSULTORIO

Endéudese protegido

El Gobierno acaba de someter a audiencia pública un anteproyecto de ley que regulará la protección a los consumidores en la intermediación y la contratación de créditos o préstamos, tanto de tipo hipotecario como al consumo, incluyendo su reunificación o agrupación. Aunque algunos puntos de la ley afectarán a las entidades de crédito, el grueso de la misma resulta aplicable a las empresas que, no siéndolo, presten dichos servicios.

Se trata, pues, de regular la provisión de algunos servicios financieros por empresas que no son entidades financieras, ayudando a construir un marco de comp...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Gobierno acaba de someter a audiencia pública un anteproyecto de ley que regulará la protección a los consumidores en la intermediación y la contratación de créditos o préstamos, tanto de tipo hipotecario como al consumo, incluyendo su reunificación o agrupación. Aunque algunos puntos de la ley afectarán a las entidades de crédito, el grueso de la misma resulta aplicable a las empresas que, no siéndolo, presten dichos servicios.

Se trata, pues, de regular la provisión de algunos servicios financieros por empresas que no son entidades financieras, ayudando a construir un marco de competencia más homogéneo, dado que dichas empresas no están sujetas al estricto régimen de supervisión y de protección de los consumidores que sí tienen las entidades de crédito.

El Gobierno expone su proyecto de regular la provisión de servicios financieros por empresas no financieras para proteger al consumidor

Esto puede criticarse en la medida en que supone dos regímenes distintos de protección de los clientes, uno de ámbito propiamente financiero y otro que se acoge al ámbito del consumo. Resulta evidente que el conocimiento y la experiencia sobre los servicios ofrecidos a los clientes y su grado de rigor son sensiblemente diferentes en cada ámbito, al margen de la mayor homogeneidad que intentará introducir la ley.

La ley exigirá que las empresas citadas se inscriban en un registro público y suscriban un seguro de responsabilidad civil, además de estar sometidas a un régimen de transparencia -de contratos y de precios y costes- similar al que ya tienen las entidades de crédito, incluyendo un folleto de tarifas.

Es la segunda vez en poco tiempo que se pretende regular en el ámbito del consumo operaciones que, como mínimo, pueden considerarse competidoras de las propiamente financieras, como es el caso de la inversión en bienes tangibles, sobre la que ya se ha presentado un proyecto de ley.

En todo caso, el tiempo que le resta a la actual legislatura incorpora una importante incógnita acerca de si la ley que comentamos verá pronto la luz, una vez que se presente a las Cortes como proyecto de ley.

Francisco J. Valero y David Barra son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas.

Archivado En