El Gobierno garantizará por ley el dinero para que los más necesitados puedan alquilar pisos

El Gobierno va a garantizar por medio de una ley el cobro de una ayuda económica para que los ciudadanos más necesitados puedan alquilar un piso u otro tipo de alojamiento. Para ello, va a crear una prestación complementaria de vivienda, que se unirá a la renta básica y a las ayudas de emergencia social (AES) para completar el bloque de subvenciones que ofrece la Ley contra la Exclusión Social, aprobada en 1998, de cara a favorecer la integración social y laboral de los ciudadanos con más problemas.

Esta nueva prestación se creará a través de una modificación legal de dicha norma, con l...

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El Gobierno va a garantizar por medio de una ley el cobro de una ayuda económica para que los ciudadanos más necesitados puedan alquilar un piso u otro tipo de alojamiento. Para ello, va a crear una prestación complementaria de vivienda, que se unirá a la renta básica y a las ayudas de emergencia social (AES) para completar el bloque de subvenciones que ofrece la Ley contra la Exclusión Social, aprobada en 1998, de cara a favorecer la integración social y laboral de los ciudadanos con más problemas.

La tramitación y el pago corresponderá a las tres diputaciones, previa aportación de los fondos por parte del Ejecutivo
Renta básica, complemento de vivienda y AES formarán el bloque de prestaciones de la Ley contra la Exclusión Social
Creará una prestación complementaria a la renta básica con la finalidad de hacer frente a los gastos de vivienda
El 80% de las ayudas de emergencia social se van a cubrir el pago de los alquileres
El Gobierno elevará este año la cuantía de la renta básica hasta el 88% del SMI
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Esta nueva prestación se creará a través de una modificación legal de dicha norma, con lo que se convertirá en un derecho subjetivo, como ahora es la renta básica. Ello significa que todos los ciudadanos necesitados dispondrán de esa ayuda, independientemente de las limitaciones presupuestarias. La previsión del Ejecutivo es enviar la modificación de la ley antes del verano al Parlamento, para que pueda entrar en vigor a partir de octubre.

A diferencia de la futura prestación de vivienda, las ayudas de emergencia social, que se otorgan de forma puntual para cubrir alguna necesidad, sí están sujetas a la disponibilidad presupuestaria. Cuando se acaba el dinero previsto para el año, las instituciones cierran la ventanilla. La prestación para cubrir las necesidades de vivienda tiene su origen precisamente en las AES. Hasta ahora, un 80% de la partida destinada a este cometido se iba en los alquileres de vivienda, cuando la Ley de Exclusión Social fija otros objetivos. También incluye el alquiler, pero sólo durante seis meses. En la práctica, los beneficiarios de las AES empleaban esta partida varios años para pagar el arrendamiento de un lugar donde vivir, con lo que se alteraba el origen de la ayuda.

En un principio, las AES se repartían de una forma más equilibrada entre los diversos tipos de necesidades que prevé la norma, como gastos de mobiliario, de reparación de la vivienda, de compra de un electrodoméstico básico (como el frigorífico) o de ropa. Sin embargo, con el paso del tiempo ello ha cambiado.

Cambios en la tramitación

El borrador del anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso este periódico, recoge que la creciente utilización de las AES para cubrir gastos periódicos asociados al alquiler y los derivados de intereses y amortización de créditos hipotecarios está "desvirtuando su vocación originaria como prestaciones no periódicas destinadas a dar soluciones puntuales a situaciones de extraordinaria y urgente necesidad".

Para abrir una vía de solución, la prestación complementaria de vivienda se desgaja de las AES y se configura como un derecho subjetivo garantizado por ley. A la hora de concederlas también se registra un cambio procedimental. La tramitación y pago de la nueva prestación corresponderá a las diputaciones, previa aportación de los fondos por el Gobierno. Hasta ahora, las AES, y por lo tanto todo lo relacionado con los alquileres, eran gestionadas por los ayuntamientos.

El viceconsejero de Inserción Social, Manuel Vigo, explica que "las AES son prestaciones puntuales y para casos extraordinarios. Con el paso del tiempo se había desvirtuado su objetivo y más del 80% iba a parar al pago de alquileres de vivienda, pero no para una situación puntual y transitoria, sino de forma permanente. Se había cronificado esta situación y era preciso cambiarla". La modificación legal cuenta con el apoyo del PSE, por lo que no tendrá problemas para salir adelante en su tramitación parlamentaria. En estos momentos, se halla en la fase de los informes jurídicos en el seno del Gabinete.

Un ciudadano podrá cobrar la renta básica y, a la vez, la prestación de vivienda, pero no al mismo tiempo que las AES, ya que en conjunto superaría en más de un 160% el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). "Si planteamos un bloque prestacional de este calibre estamos desvirtuando lo que es el proceso de inserción sociolaboral. Si la prestación supera el SMI, la gente que la cobra no tiene aliciente por trabajar", dice Vigo. El Gobierno también tiene un acuerdo con el PSE para elevar la renta básica este año al 88% del SMI con carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero.

"Lo importante", recalca Vigo, "es que una necesidad que se considera un derecho básico, como es la vivienda, va a ser protegido por un complemento de renta básica con garantía presupuestaria. Sin olvidar que todo proceso de inserción es temporal y que el objetivo final no es presentar una alternativa a las políticas de vivienda o de empleo ni de seguridad social. No se puede convertir en una alternativa al trabajo, porque flaco favor estaríamos haciendo a la ciudadanía".

La renta básica, el complemento de vivienda y las AES forman parte del bloque de prestaciones de la Ley de Exclusión Social. Para que una persona pueda acceder a cualquiera de ellas es preciso que se suscriba un convenio de inserción con las administraciones. En esta especie de contrato, los perceptores se comprometen a buscar su inserción y a participar en cursos de formación. El objetivo es que los solicitantes no se limiten a cobrar un dinero, sino que también se involucren en la búsqueda de soluciones a su situación.

Los beneficiarios pueden discutir los términos del convenio. También se tienen en cuenta las consecuencias en caso de conflicto o incumplimiento del acuerdo. De negarse, se arriesgan a perder el subsidio que reciben en la actualidad. Puede darse el caso de que se suprima la ayuda económica a la persona en proceso de inserción, de forma temporal o incluso definitiva. Los servicios sociales de base de los ayuntamientos realizan los convenios.

Un grupo de ciudadanos se manifiesta contra la exclusión social en Bilbao.TXETXU BERRUEZO

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