Los escándalos urbanísticos

Un juez ordena demoler cinco casas construidas en zona rústica en Córdoba

Un juzgado de Córdoba ha condenado al promotor de cinco viviendas y una piscina en una zona rústica y no urbanizable a un año y ocho meses de prisión y a que corra con los gastos de demoler lo construido porque, de lo contrario, el condenado "se saldría con la suya".

La sentencia considera probado que el acusado, F.O.R., albañil de profesión, construyó cinco casas y una piscina de "generosas dimensiones" en una parcela de su propiedad en Obejo a pesar de que en reiteradas ocasiones se le advirtió por la Policía Local sobre la ilegalidad de la obra.

El acusado desobedeció el decr...

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Un juzgado de Córdoba ha condenado al promotor de cinco viviendas y una piscina en una zona rústica y no urbanizable a un año y ocho meses de prisión y a que corra con los gastos de demoler lo construido porque, de lo contrario, el condenado "se saldría con la suya".

La sentencia considera probado que el acusado, F.O.R., albañil de profesión, construyó cinco casas y una piscina de "generosas dimensiones" en una parcela de su propiedad en Obejo a pesar de que en reiteradas ocasiones se le advirtió por la Policía Local sobre la ilegalidad de la obra.

El acusado desobedeció el decreto del Ayuntamiento de Obejo en el que se le ordenaba la inmediata suspensión de las obras porque los terrenos no eran urbanizables y tampoco eran susceptibles de legalización. El acusado, que no pidió licencia de obras a sabiendas de que no se la podían conceder, continuó la construcción pese a todas las advertencias y órdenes de suspensión porque pensaba "que si estaban terminadas ya no podrían demolérselas".

Por lo tanto, su conducta "no es un acto aislado de desobediencia, sino una actitud contumaz y un reiterado incumplimiento", ya que tuvo conocimiento de la ilegalidad de su proceder porque "sabe leer y no posee ninguna tara psíquica que afecte a su capacidad para entender".

Durante el juicio, F.O.R. justificó su conducta porque muchos vecinos estaban construyendo en la misma zona y otros muchos ya lo habían hecho. La sentencia afirma que, sin desconocer que en ese paraje hay muchas casas construidas con anterioridad, ello no justifica la conducta del acusado porque le constaba que era ilícito y siguió construyendo deliberadamente, "en la creencia -desgraciadamente muy extendida en casos similares- de que una vez levantadas las edificaciones serían intocables".

El juez ordena la demolición de las casas porque, de lo contrario, se estaría desprotegiendo el bien jurídico, que no es otro que la utilización racional del suelo orientada a los intereses generales. Además, de no acordar la demolición resulta que el condenado "se saldría con la suya", ya que siguió construyendo hasta cerrar las cinco viviendas porque creían que una vez acabadas no se las podrían tirar. La sentencia recuerda que es la única medida posible para reparar el daño causado, lo que exige la demolición de lo indebidamente construido.

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