Cartas al director

La transitividad de los derechos

Mi admirado Fran de Waal mostraba, en una reciente entrevista a este diario, su escepticismo ante el reconocimiento de derechos para los grandes simios. El motivo para este escepticismo reside en el temor de que el otorgamiento de estos derechos por la similitud (genética, evolutiva, cultural) entre estos primates y los seres humanos conlleve una serie de otorgamiento de derechos en cadena a otras especies, por el parecido, a su vez, con los grandes simios. Y así hasta un abismal y absurdo regreso ad infinitum.

Este miedo a la transitividad de los derechos se genera por una incor...

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Mi admirado Fran de Waal mostraba, en una reciente entrevista a este diario, su escepticismo ante el reconocimiento de derechos para los grandes simios. El motivo para este escepticismo reside en el temor de que el otorgamiento de estos derechos por la similitud (genética, evolutiva, cultural) entre estos primates y los seres humanos conlleve una serie de otorgamiento de derechos en cadena a otras especies, por el parecido, a su vez, con los grandes simios. Y así hasta un abismal y absurdo regreso ad infinitum.

Este miedo a la transitividad de los derechos se genera por una incorrecta comprensión del concepto de derecho y, por tanto también, del concepto de igualdad o equivalencia jurídica. Un derecho es la protección de un bien que puede ser lesionado. No tiene ningún sentido proteger un bien que no puede ser lesionado, ora porque es inaccesible, ora porque no existe. No tiene sentido reconocer el derecho de los hombres a la interrupción voluntaria del embarazo porque, sencillamente, los hombres no pueden quedarse embarazados (¡hasta el momento!). Por esta misma razón, nadie pretende otorgar libertad de voto a los chimpancés.

Con esta limitación ontológica a la extensión de los derechos, no existe posibilidad alguna de incurrir en el temido regreso ad infintum. De este concepto de derecho se deduce un concepto difuso de igualdad, que no implica identidad, y que, por tanto, no permite transitividad alguna entre especies.

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¿Qué podemos proteger a los animales? Aquello que podemos dañar. A saber: la vida, el bienestar, la existencia como especie, el dolor. No tiene sentido hablar del sufrimiento psíquico de una ameba, pero sí de un gorila, de un perro o de un delfín. Los grandes simios tienen una cultura compleja, una autoconciencia individual nítida y autónoma, un universo sensitivo y emocional muy rico, que no poseen los esturiones o la famosa mosca del vinagre. Por eso, no podemos construir una identidad conmutativa ni transitiva entre especies diferentes. En el reconocimiento de derechos a los animales sólo protegemos aquellos bienes que están en el telos evolutivo del animal, como gusta decir Jorge Riechmann. ¿Dónde está el absurdo.

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