Educación elegirá directores de centros según la fórmula recurrida

En 301 colegios no se presentaron candidatos en el anterior proceso

El Departamento de Educación acaba de aprobar una orden para poner en marcha el proceso de elección de directores de los centros educativos de la red pública en aquellos 301 colegios en los que no se presentó ningún profesor como candidato en la anterior convocatoria, cerrada en abril. El decreto sigue las pautas del decreto aprobado por el Gobierno vasco el pasado mes de abril, pese a que está recurrido por el Ejecutivo central por colisionar con el sistema de elección establecido en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE). La ley estatal, que es de carácter básico y de obligado cum...

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El Departamento de Educación acaba de aprobar una orden para poner en marcha el proceso de elección de directores de los centros educativos de la red pública en aquellos 301 colegios en los que no se presentó ningún profesor como candidato en la anterior convocatoria, cerrada en abril. El decreto sigue las pautas del decreto aprobado por el Gobierno vasco el pasado mes de abril, pese a que está recurrido por el Ejecutivo central por colisionar con el sistema de elección establecido en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE). La ley estatal, que es de carácter básico y de obligado cumplimiento en toda España, establece un procedimiento de selección de directores mediante un concurso de méritos, que deben ser evaluados por una comisión mixta integrada por representantes de la consejería y de cada centro.

Por su parte, el decreto de Educación indica que el director será elegido exclusivamente por el consejo escolar de cada centro, que es su órgano máximo de representación y donde tienen presencia padres, profesores y alumnos. Este sistema excluye cualquier participación de la administración educativa, salvo para ratificar la decisión del consejo escolar. Otra diferencia es que, con el procedimiento de la consejería, sólo se pueden presentar al puesto de director el personal docente del propio colegio que cuente, al menos, con un año de permanencia en el centro y tres de docencia. Por el contrario, con el sistema establecido por la LOCE pueden ser candidatos tanto los profesores del propio centro como los de otros colegios.

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