Cambios tibios en España

En España, la idea de alargar la edad legal de jubilación por encima de los 65 años resulta, de momento, lejana. La Seguridad Social nada en la abundancia, con un superávit equivalente al 1% del producto interior bruto (PIB), en gran parte por la buena marcha del empleo. A esa situación se une que el colectivo de jubilados es todavía reducido (casi ocho millones de personas), pues las generaciones que ahora cobran pensión quedaron algo diezmadas por los efectos de la Guerra Civil.

Pero el Gobierno es consciente de que la bonanza no durará siempre. De hecho, el sistema corre el riesgo de...

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En España, la idea de alargar la edad legal de jubilación por encima de los 65 años resulta, de momento, lejana. La Seguridad Social nada en la abundancia, con un superávit equivalente al 1% del producto interior bruto (PIB), en gran parte por la buena marcha del empleo. A esa situación se une que el colectivo de jubilados es todavía reducido (casi ocho millones de personas), pues las generaciones que ahora cobran pensión quedaron algo diezmadas por los efectos de la Guerra Civil.

Pero el Gobierno es consciente de que la bonanza no durará siempre. De hecho, el sistema corre el riesgo de entrar en déficit en 2015 si no se hace nada para evitarlo. El Ministerio de Trabajo acaba de plantear una reforma cuyo objetivo es garantizar las pensiones más allá de ese año. Su principal pretensión es aproximar la edad real de jubilación (63,7 años) a la legal.

Trabajo pretende restar incentivos a la jubilación anticipada (ahora se accede a partir de los 61 años, salvo quienes cotizaron antes de 1967, que pueden hacerlo a los 60). La idea es fijar la edad en 61 años para todos los casos, con un mínimo de 30 años cotizados. También se incentivará la permanencia en el puesto de trabajo, con nuevos límites máximos de pensión para quienes se jubilen después de los 65.

En las pensiones de viudedad se pretende extender la prestación a las parejas de hecho, pero también "recuperar el carácter de renta de sustitución", es decir, reservarla para los casos en que realmente es necesaria para el sostenimiento familiar.

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