Condenado a casi cuatro años un conductor borracho que causó un choque

Cinco personas resultaron heridas en la colisión con otro coche

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha condenado a tres años y nueve meses de cárcel a Pedro S. A., de 58 años y natural de Amezketa, por conducir borracho y en dirección contraria, provocar un choque frontal y negarse a realizar la prueba de alcoholemia. El tribunal le retira también el permiso de conducir durante tres años.

Los hechos ocurrieron la noche del 24 de septiembre de 1999. Tras consumir una bebida alcohólica en un bar de Alegia, el imputado se ofreció a llevar en su coche a otros cuatro clientes a Tolosa. Una vez allí, el acusado y sus acompañantes si...

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa ha condenado a tres años y nueve meses de cárcel a Pedro S. A., de 58 años y natural de Amezketa, por conducir borracho y en dirección contraria, provocar un choque frontal y negarse a realizar la prueba de alcoholemia. El tribunal le retira también el permiso de conducir durante tres años.

Los hechos ocurrieron la noche del 24 de septiembre de 1999. Tras consumir una bebida alcohólica en un bar de Alegia, el imputado se ofreció a llevar en su coche a otros cuatro clientes a Tolosa. Una vez allí, el acusado y sus acompañantes siguieron bebiendo en varios establecimientos. De vuelta todos al automóvil, Pedro S. A. circuló por el casco de Tolosa en dirección contraria y realizó un trompo a la altura de la comisaría de la Ertzaintza. El conductor se colocó después detrás de un vehículo oficial de la policía autonómica, al que siguió "muy pegado y haciendo señales luminosas sin justificación", detalla la sentencia.

Ya de madrugada, pararon en otro bar y luego reiniciaron la marcha hacia Anoeta. Pedro S. A. circuló entonces en sentido contrario y sin luces, "pese a los requerimientos" del resto de ocupantes para que "encendiera las luces y cambiara de carril". A "unos cientos de metros", el acusado chocó en un tramo curvo con un turismo que circulaba correctamente y cuyo conductor no pudo evitar la colisión frontal. Como consecuencia del accidente, resultaron heridos los tres viajeros de este último coche y dos ocupantes del turismo conducido por Pedro S. A., uno de ellos grave.

Una vez personada la Ertzaintza, el acusado dio positivo en una primera prueba de alcoholemia e, incluso, firmó el resguardo expedido por el alcoholímetro. Sin embargo, posteriormente se negó a realizar más pruebas.

El tribunal considera que estos hechos constituyen un delito contra la seguridad del tráfico, otro de lesiones por imprudencia grave y tres faltas de lesiones, por lo que condena al imputado a tres años de prisión, a la vez que le prohíbe conducir durante ese mismo periodo. Considera además que el acusado es responsable de un delito de desobediencia a la autoridad, por el que le condena a nueve meses de cárcel.

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