El TSJA respalda la exigencia del SAS de visar dos fármacos antiinflamatorios

El fabricante retiró el Vioxx en 2004 por sus riesgos cardiovasculares

La sentencia del TSJA confirma un fallo anterior dictado por un juzgado sevillano, que daba la razón al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por exigir visados para recetar los antiinflamatorios Vioxx y Celebrex (sus principios activos son Rofecoxib y Celecoxib). La Administración andaluza implantó la medida desde septiembre de 2001 tras "comprobar que se estaban prescribiendo para patologías no aprobadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo". El tribunal considera que la medida del SAS resultó "idónea y proporcionada, por cuanto evita que se produzcan desviaciones de prescripción" y sostiene que...

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La sentencia del TSJA confirma un fallo anterior dictado por un juzgado sevillano, que daba la razón al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por exigir visados para recetar los antiinflamatorios Vioxx y Celebrex (sus principios activos son Rofecoxib y Celecoxib). La Administración andaluza implantó la medida desde septiembre de 2001 tras "comprobar que se estaban prescribiendo para patologías no aprobadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo". El tribunal considera que la medida del SAS resultó "idónea y proporcionada, por cuanto evita que se produzcan desviaciones de prescripción" y sostiene que la suspensión de la venta del Vioxx en España por el riesgo de que produzca episodios trombóticos "viene a reforzar la adecuación" de la medida.

Ambos fármacos se convirtieron en productos estrella de sus respectivos fabricantes, Merck y Pharmacia: entre los dos llegaron a absorber el 36% del gasto de la Junta en antiinflamatorios en apenas nueve meses y, al año de su aparición en España, su consumo superaba el 2% del gasto farmacéutico.

La medida del SAS de exigir el visado fue contestada por el laboratorio Merck, Sharp & Dohme de España, que la recurrió en un juzgado sevillano y, posteriormente, en el TSJA. Ante el fallo del tribunal andaluz no cabe recurso, según el SAS. En una nota de prensa, la Administración andaluza recuerda la oposición que mostró el Gobierno anterior ante la petición de visado de ambos fármacos, si bien acabó implantando la misma iniciativa en todo el sistema nacional de salud en julio de 2002 para evitar que se recetaran en dolencias que podrían tratarse con otros antiinflamatorios más baratos y de menor riesgo.

En cualquier caso, el fallo del TSJA tendrá poco efecto práctico, teniendo en cuenta que la multinacional Merck, Sharp & Dohme decidió retirar del mercado en octubre de 2004 el Vioxx por su riesgo de producir infartos cerebrales o de miocardio. El fármaco basó su éxito frente a otros antiinflamatorios utilizados para tratar la artritis o la artrosis en que no acarreaba problemas gástricos, al igual que el Celebrex. En cinco años, el Vioxx aportaba el 10% del negocio a su fabricante, aunque ya desde su origen estuvo rodeado de polémica por su tendencia a producir problemas cardiovasculares.

Estos riesgos fueron advertidos por la Agencia Española del Medicamento en septiembre de 2001, aunque se sorteó con la modificación de la ficha de los productos, que incorporaron como una de sus contraindicaciones a los pacientes con insuficiencia cardiaca grave o con hipertensión arterial.

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