Condena judicial a España por incumplir las cuotas de pesca

Durante ocho años, entre 1990 y 1997, España no aplicó las cuotas pesqueras adjudicadas y permitió la sobreexplotación de 17 especies de pesca, entre ellas la del fletán negro en 1995, en plena guerra con Canadá por este asunto. Así lo dictaminó ayer el Tribunal de Justicia europeo en una sentencia que demuestra el escaso rigor español en aplicar las normas europeas de 1983 para permitir la repoblación de los bancos de pesca. En esos ocho años, según Bruselas, España permitió la pesca de 9.500 toneladas más de las permitidas.

La Comisión Europea inició sus denuncias contra España en feb...

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Durante ocho años, entre 1990 y 1997, España no aplicó las cuotas pesqueras adjudicadas y permitió la sobreexplotación de 17 especies de pesca, entre ellas la del fletán negro en 1995, en plena guerra con Canadá por este asunto. Así lo dictaminó ayer el Tribunal de Justicia europeo en una sentencia que demuestra el escaso rigor español en aplicar las normas europeas de 1983 para permitir la repoblación de los bancos de pesca. En esos ocho años, según Bruselas, España permitió la pesca de 9.500 toneladas más de las permitidas.

La Comisión Europea inició sus denuncias contra España en febrero de 1993 al considerar que en 1990 ya hubo casos de sobreexplotación y de no aplicación de cuotas. Las respuestas españolas, consideradas "insatisfactorias", y la persistencia en mantener esta situación movió a Bruselas a presentar la denuncia formal ante el tribunal 10 años más tarde, en febrero del año pasado. Los jueces le han dado la razón a la Comisión Europea en casi todas sus alegaciones.

El caso más curioso es el del fletán negro, un asunto que generó una guerra diplomática sin precedentes entre España y Canadá en 1995, en la que el país americano planeó incluso acciones militares hasta que llegó a un acuerdo con la UE. El tribunal europeo establece ahora que en aquel año hubo dos casos de pesca de fletán cuando a España no se había concedido ninguna captura.

"En estas circunstancias", dice la sentencia de ayer, "procede señalar que, en el periodo 1990- 1997, las autoridades españolas deberían haber ejercitado acciones penales o administrativas contra los numerosos casos de sobrepesca examinados". España sólo deberá pagar ahora las costas de este litigio.

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