EL FIN DEL TRASVASE DEL EBRO

Protección de Datos abre expediente de sanción al acto 'Agua para todos'

La Agencia Española de Protección de Datos ha acordado iniciar procedimiento sancionador a las empresas Meydis y Consodata por "infracción grave" en relación con el uso de datos personales para la convocatoria de la manifestación a favor del Plan Hidrológico Nacional (PHN) que, bajo el lema Agua para todos, se celebró en marzo del pasado año en Valencia. La agencia ha estimado así una denuncia formulada al respecto por el entonces coordinador de Esquerra Unida del País Valencià, Joan Ribó, y por dos ciudadanos de Paterna (Valencia) y Alicante por la recepción en sus domicilios particula...

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La Agencia Española de Protección de Datos ha acordado iniciar procedimiento sancionador a las empresas Meydis y Consodata por "infracción grave" en relación con el uso de datos personales para la convocatoria de la manifestación a favor del Plan Hidrológico Nacional (PHN) que, bajo el lema Agua para todos, se celebró en marzo del pasado año en Valencia. La agencia ha estimado así una denuncia formulada al respecto por el entonces coordinador de Esquerra Unida del País Valencià, Joan Ribó, y por dos ciudadanos de Paterna (Valencia) y Alicante por la recepción en sus domicilios particulares de cartas que, con el título "Llamamiento a todos los ciudadanos de la Comunidad Valenciana", convocaban el acto.

Las cartas iban firmadas por las organizaciones Asaja, Asociación Valenciana de Agricultores, Jóvenes Agricultores de Alicante y Federación Provincial de Agricultores de Castellón, organizadoras de la multitudinaria convocatoria, que contó con el generoso apoyo financiero de las Administraciones gobernadas por el PP valenciano: la Generalitat, las Cortes valencianas, las diputaciones provinciales y numerosos ayuntamientos.

La decisión de iniciar expediente sancionador -que podría suponer multas de hasta 600.000 euros- se justifica por el incumplimiento de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal. La Agencia explica que las cartas incluían la dirección postal y los datos relativos a piso y puerta de los destinatarios, "sin que conste acreditado el consentimiento de los afectados para el tratamiento de sus datos".

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