Análisis:Laboral | CONSULTORIO

Bonificaciones por edad

Entre los principios rectores de la política social está lograr la permanencia de los trabajadores de mayor edad en el desempeño de la actividad profesional. No se trata sólo de favorecer el empleo de estos trabajadores, evitando que las empresas los utilicen para aligerar sus plantillas, sino que estamos ante una medida que se estima imprescindible para la pervivencia del actual sistema público de pensiones. El progresivo envejecimiento de la población ha supuesto el incremento del número de personas que viven de una pensión, de forma que en unos años la descompensación entre personal activo-...

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Entre los principios rectores de la política social está lograr la permanencia de los trabajadores de mayor edad en el desempeño de la actividad profesional. No se trata sólo de favorecer el empleo de estos trabajadores, evitando que las empresas los utilicen para aligerar sus plantillas, sino que estamos ante una medida que se estima imprescindible para la pervivencia del actual sistema público de pensiones. El progresivo envejecimiento de la población ha supuesto el incremento del número de personas que viven de una pensión, de forma que en unos años la descompensación entre personal activo-pensionistas puede provocar la crisis del sistema.

Para tratar de incentivar la continuidad en la actividad de estos trabajadores y el interés de las empresas en su contratación, se han aprobado en los últimos años importantes bonificaciones y exenciones en su cotización. El Programa de Fomento del Empleo incluye entre los colectivos protegidos a los mayores de 45 años. La contratación indefinida de estos trabajadores va a suponer importantes bonificaciones en la cuota empresarial por contingencias comunes, que se van a mantener hasta el cumplimiento de los 65 años. El porcentaje aplicable va a variar en función de la edad del trabajador, incrementándose si se trata de una mujer o si el contratante es un trabajador autónomo.

Pero también se va a estimular el mantenimiento de estos trabajadores en las empresas, limitando las prejubilaciones. Así, los contratos indefinidos de trabajadores con 60 o más años de edad y al menos cinco años de antigüedad en la empresa van a dar también derecho a bonificaciones en la cuota por contingencias comunes (salvo la incapacidad temporal), que van a ir incrementándose cada año hasta llegar incluso al ciento por ciento. Incluso se va a exonerar de cotización por contingencias comunes (salvo la incapacidad temporal) a los trabajadores con 65 o más años de edad, con contrato indefinido, y que acrediten 35 años de cotización.

Todas estas medidas deben enmarcarse dentro de la política de flexibilización de la jubilación, encaminada, como ya hemos dicho, a hacer más interesante la continuidad del trabajador en la actividad laboral.

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