PP y PSOE pactan endurecer las penas y mantener la reinserción de los terroristas
La retroactividad sólo se impondrá para exigir arrepentimiento inequívoco a los condenados
Los terroristas ya condenados a la entrada en vigor de la nueva ley que endurecerá las penas de prisión deberán mostrar un arrepentimiento efectivo para poder acogerse a los beneficios penitenciarios. Asímismo, aquellos que sean condenados a penas que sumen 80 años o más podrán acceder al tercer grado cuando hayan cumplido 32 años de la pena impuesta, y a la libertad condicional, a partir de los 35 años de cumplimiento. Así concluyó anoche, tras una nueva reunión de cuatro horas, la negociación que el Gobierno y PSOE mantenían desde el lunes sobre la nueva ley, que elevará de 30 a 40 años la p...
Los terroristas ya condenados a la entrada en vigor de la nueva ley que endurecerá las penas de prisión deberán mostrar un arrepentimiento efectivo para poder acogerse a los beneficios penitenciarios. Asímismo, aquellos que sean condenados a penas que sumen 80 años o más podrán acceder al tercer grado cuando hayan cumplido 32 años de la pena impuesta, y a la libertad condicional, a partir de los 35 años de cumplimiento. Así concluyó anoche, tras una nueva reunión de cuatro horas, la negociación que el Gobierno y PSOE mantenían desde el lunes sobre la nueva ley, que elevará de 30 a 40 años la pena máxima de cárcel para terrorismo y otros delitos graves.
Los socialistas justifican esta concesión en que se trata de "una pura interpretación y objetivación de la reinserción, no desfavorable para el condenado, al que facilitará la libertad", según López Garrido. A su vez, el Gobierno renuncia a aplicar retroactivamente "casi toda la ley", según la misma fuente. El informe de Prego, en efecto, dedicó 10 de sus 49 folios a argumentar la retroactividad de numerosos preceptos. Así, sugería la modificación del artículo 78 del Código Penal para que los beneficios penitenciarios a terroristas y miembros de organizaciones criminales se refirieran siempre "a la totalidad de las penas impuestas en las sentencias" y con aplicación retroactiva, "al margen de la fecha de comisión del delito, irrelevante a estos efectos".
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