Economía estudia cómo ajustarse a las exigencias del TSJ en el impuesto de transmisiones

La Generalitat está buscando una fórmula que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana considere 'suficientemente argumentada' en litigios sobre la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales en los que no esté de acuerdo con la evaluación realizada previamente por el contribuyente, según explicaron ayer fuentes oficiales de la Consejería de Economía y Hacienda. Las mismas fuentes añadieron que esta fórmula pretende, sin cambiar el sistema de evaluación que utiliza la Administración en estos casos desde 1997 y que defendieron como legal, 'conciliar' la doctr...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Generalitat está buscando una fórmula que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana considere 'suficientemente argumentada' en litigios sobre la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales en los que no esté de acuerdo con la evaluación realizada previamente por el contribuyente, según explicaron ayer fuentes oficiales de la Consejería de Economía y Hacienda. Las mismas fuentes añadieron que esta fórmula pretende, sin cambiar el sistema de evaluación que utiliza la Administración en estos casos desde 1997 y que defendieron como legal, 'conciliar' la doctrina del TSJ sobre este asunto con las posibilidades de actuación que tiene la Administración. La doctrina del tribunal en esencia exige un dictamen específico para cada caso.

La fórmula a la que hace referencia la consejería intenta evitar que continúen las sentencias en contra que la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ está emitiendo en los últimos años en relación con el sistema que utiliza la Administración valenciana para liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales cuando está en desacuerdo con la evaluación presentada por el contribuyente, y que ha provocado en última instancia que el tribunal haya impuesto el pago de los gastos del proceso a la Administración por considerar que actúa de mala fe al no atender sus indicaciones.

El TSJ considera que el sistema de evaluación utilizado por la Generalitat Valenciana, a través del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia (TEAR), cuando está en desacuerdo con el presentado por el contribuyente es 'contrario a derecho'. Este sistema, con el que se intenta actualizar el valor de un inmueble, se realiza multiplicando el valor catastral por un coeficiente de 2,00, como se recoge en una sentencia de 1999. La sala advierte que la posibilidad de modificar el sistema de valoración pasa por una justificación de la misma que no aparece en los procesos que han llegado a la sala. Esta justificación, continúa el tribunal, pasa por hacer estudios específicos que no se han aportado en estos casos. Economía, en este punto, recordó ayer la imposibilidad de visitar todos los inmuebles objeto de este impuesto en los casos en los de desacuerdo.

Pocas revisiones

La Consejería de Economía también explicó ayer que sólo comprueba el 19,5% de las liquidaciones de este impuesto porque no alcanzan el 'valor de referencia que debe corresponder al inmueble', mientras que en el 81,5% de los casos restantes no hay desacuerdo en la evaluación presentada por los ciudadanos. También quiso defender la 'elevada aceptación por parte del contribuyente' del sistema que utiliza en estas liquidaciones y que según defendió, ha supuesto 'una apreciable reducción del número de litigios'.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En