El esqueleto de la Carta Magna

El esquema de la Constitución Europea presentado por Giscard D'Estaing es, en síntesis, el siguiente:

- 1ª parte: Arquitectura constitucional

Título I. Definición y Objetivos

Artículo 1. La Unión se llamará Comunidad Europea, Unión Europea, Estados Unidos de Europa o Europa Unida . Se trata de una Unión de Estados europeos que, conservando su identidad nacional, coordinan estrechamente sus políticas a nivel europeo y gestionan determinadas competencias comunes sobre un modelo federal.

Artículos 2, 3 y 4. Los valores de la UE son la dignidad hum...

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El esquema de la Constitución Europea presentado por Giscard D'Estaing es, en síntesis, el siguiente:

- 1ª parte: Arquitectura constitucional

Título I. Definición y Objetivos

Artículo 1. La Unión se llamará Comunidad Europea, Unión Europea, Estados Unidos de Europa o Europa Unida . Se trata de una Unión de Estados europeos que, conservando su identidad nacional, coordinan estrechamente sus políticas a nivel europeo y gestionan determinadas competencias comunes sobre un modelo federal.

Artículos 2, 3 y 4. Los valores de la UE son la dignidad humana, los derechos fundamentales, la democracia, el Estado de derecho, la tolerancia y el respeto de las obligaciones y el derecho internacional. Entre sus objetivos figuran la salvaguardia de esos valores, la promoción de la cohesión económica y social o la protección del medio ambiente, así como la promoción de esos valores en el exterior. La Unión tendrá personalidad jurídica propia.

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Título II. Ciudadanía de la Unión y derechos fundamentales

Artículos 5 y 6. Se dispone la doble ciudadanía: europea y nacional. La primera conlleva los derechos de circulación, residencia o voto. No habrá discriminación por la nacionalidad. La Carta de Derechos será incorporada o citada en la Constitución.

Título III. Competencias y acciones de la Unión

Artículos 7 a 13. Toda competencia no atribuida a la Unión en la Constitución corresponderá a los Estados. Habrá un listado de competencias de la Unión y otro de competencias compartidas.

Título IV. Las instituciones de la Unión

Artículo 14. La Unión tiene un cuadro institucional único

Artículos 15 a 23. Relativos a la composición, competencias e integrantes del Consejo Europeo, Consejo de la Unión, Comisión, Eurocámara, Congreso de los Pueblos, Tribunal de Justicia, Tribunal de Cuentas, Banco Central Europeo, Comité Económico y Social y Comité de las Regiones. Incluye la figura del presidente del Consejo Europeo.

Título V. Puesta en marcha de las acciones de la Unión

Artículos 24 a 32. Describen los procedimientos para tomar decisiones, aplicar la política exterior, de defensa o de justicia e interior y las condiciones para las cooperaciones reforzadas.

Título VI. La vida democrática de la Unión.

Artículos 33 a 37. Los europeos son iguales en la Unión, que asegurará la democracia participativa. Las instituciones tendrán una alta transparencia. Facilitarán la participación ciudadana.

Título VII. Las finanzas

Artículos 38 a 40. El presupuesto de la Unión se nutre sólo de recursos propios. Habrá equilibrio presupuestario.

Títulos VIII y IX. La Unión en el mundo y sus cercanías

Artículos 41 y 42. Se establecerá qué representa para la Unión sus relaciones internacionales y qué tipo de relaciones privilegiadas tendrá con sus vecinos . Se describirá el papel del Alto Representante para la Política Exterior.

Título X. Pertenencia a la Unión.

Artículos 44 a 46. Se describirá el procedimiento para dejar en suspenso los derechos de pertenencia a la Unión a los socios que violen sus principios y valores, así como el de salida voluntaria y sus consecuencias institucionales.

- 2ª parte: Políticas

Resumen y compendio de los actuales tratados: de sus 414 artículos, 205 no se modificarán, 136 lo serán en parte y el resto serán cambiados radicalmente.

- 3ª parte: Disposiciones finales

Para derogar los tratados actuales y fijar métodos de modificación de la Constitución.

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