Una sentencia afirma que el 'decretazo' fomenta despidos arbitrarios

Un juez de Barcelona considera, en una sentencia por la que declara nulo el despido de un trabajador de la construcción, que el real decreto ley 5/2002, el decretazo, provoca despidos que 'vulneran derechos fundamentales'. El titular del Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona se refiere en concreto a la supresión de los salarios de tramitación de los despidos declarados improcedentes, medida incluida en el decretazo, que provoca el 'indiscutible abaratamiento' de los despidos disciplinarios e 'incentiva' un 'uso abusivo' y 'en fraude de ley' de estos despidos.

El juez...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Un juez de Barcelona considera, en una sentencia por la que declara nulo el despido de un trabajador de la construcción, que el real decreto ley 5/2002, el decretazo, provoca despidos que 'vulneran derechos fundamentales'. El titular del Juzgado de lo Social número 33 de Barcelona se refiere en concreto a la supresión de los salarios de tramitación de los despidos declarados improcedentes, medida incluida en el decretazo, que provoca el 'indiscutible abaratamiento' de los despidos disciplinarios e 'incentiva' un 'uso abusivo' y 'en fraude de ley' de estos despidos.

El juez llega a esta conclusión a la hora de analizar la demanda de un peón de la construcción, Said H., contra la empresa que le despidió de forma verbal 'porque no tenía más trabajo para darle'. El empleado pidió que su despido fuera declarado nulo o, de forma alternativa, improcedente. La sentencia declara nulo el despido, no sólo en este caso particular, sino todos los despidos verbales, y además recupera una 'figura jurisprudencial' aparcada por el Tribunal Supremo en 1993: el 'despido radicalmente nulo por fraude de ley'.

El juez señala que 'habitualmente' la práctica judicial 'viene calificando los despidos verbales como improcedentes'. Sin embargo, añade que el decretazo ha vuelto a 'reformar sustancialmente el régimen jurídico de despido disciplinario', lo que obliga a replantearse la clasificación de los despidos verbales. El cambio 'más trascendente' introducido por el decretazo, señala, es 'la supresión de los salarios de tramitación en las condenas que declaren la improcedencia del despido' en caso de que la empresa opte por indemnizar al trabajador en lugar de readmitirle en su puesto de trabajo, lo que 'ha generado una notable contestación política, sindical y doctrinal'.

Para el juez, con el fin de 'evitar este uso abusivo' de los empresarios, no hay duda que 'resulta más adecuada y más eficaz la sanción de nulidad de los despidos verbales -que conlleva la readmisión y, por tanto, la estabilidad en la ocupación que quiere defrau-darse- que no el resultado que pretende precisamente quien defrauda: la declaración de improcedencia con el consiguiente abaratamiento de los salarios de tramitación'.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En