España concede a dos británicos el recurso que exigió la ONU en 1997

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha dado cumplimiento al dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU que en 1997 exigió a España hacer 'efectivo el derecho al recurso' de dos británicos, los hermanos Brian y Michael Hill, contra la condena que les impuso la justicia española por delito de incendio. Para ello, el Supremo ha anulado su propio auto de 1988, que rechazó el recurso de casación de los hermanos Hill, quienes ahora podrán formalizar de nuevo el recurso contra la condena a seis años de cárcel impuesta en 1986.

El origen de este asunto se remonta al verano de 1985, cuand...

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha dado cumplimiento al dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU que en 1997 exigió a España hacer 'efectivo el derecho al recurso' de dos británicos, los hermanos Brian y Michael Hill, contra la condena que les impuso la justicia española por delito de incendio. Para ello, el Supremo ha anulado su propio auto de 1988, que rechazó el recurso de casación de los hermanos Hill, quienes ahora podrán formalizar de nuevo el recurso contra la condena a seis años de cárcel impuesta en 1986.

El origen de este asunto se remonta al verano de 1985, cuando los hermanos Hill, durante sus vacaciones en España, fueron detenidos como sospechosos de lanzar una bomba incendiaria en un bar de Gandía (Valencia). Ambos acusados proclamaron siempre su inocencia y denunciaron irregularidades judiciales, como la no concesión de libertad provisional por ser extranjeros.

Agotada la vía judicial española, los hermanos Hill demandaron a España ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que en abril de 1997 reconoció, entre otros derechos vulnerados a los demandantes, el de un recurso 'efectivo'. Brian Hill pidió la revisión del caso y el Supremo ha concedido la casación.

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