Caja Navarra condenada a pagar una nueva indemnización a un ex directivo

El cese de López Merino ha costado a la CAN 1,46 millones de euros

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado en una nueva resolución la improcedencia del despido del ex director adjunto de Caja Navarra y ex director de Caja de ahorros de Pamplona, Manuel López Merino, acordada por el Consejo de Administración de la entidad el 20 de abril de 2001, y se condena a la entidad fusionada al pago de una indemnización de 578.627 euros. Manuel López Merino, que había presidido Caja Pamplona desde 1984 hasta 2000, vio rescindidos fulminantemente sus contratos como como directivo y empleado después de que expresara al presiden...

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado en una nueva resolución la improcedencia del despido del ex director adjunto de Caja Navarra y ex director de Caja de ahorros de Pamplona, Manuel López Merino, acordada por el Consejo de Administración de la entidad el 20 de abril de 2001, y se condena a la entidad fusionada al pago de una indemnización de 578.627 euros. Manuel López Merino, que había presidido Caja Pamplona desde 1984 hasta 2000, vio rescindidos fulminantemente sus contratos como como directivo y empleado después de que expresara al presidente de Navarra, Miguel Sanz, que es al mismo tiempo presidente de la CAN, su desacuerdo con el desarrollo del proceso de fusión. Concretamente, por la marginación a la que, en su opinión, estaba siendo sometida la dirección y la plantilla de Caja Pamplona en la nueva entidad creada el 17 de enero de 2000.

La indemnización de 578.627 euros que Caja Navarra deberá abonar ahora a su ex número dos corresponde a lo estipulado en la relación laboral común de López Merino con la entidad, y se sumará a los 147 millones de pesetas (883.500 euros) que ya le pagó el pasado año como indemnización por la extinción del contrato de alta dirección que López Merino tenía reconocido.

Tras expresar a Sanz su desacuerdo con el proceso de fusión, el directivo remitió una carta al entonces director de la CAN, Lorenzo Riezu, en la que le manifestó su deseo de extinguir su contrato de alta dirección, que databa de julio de 1988, y su deseo de reincorporarse a la plantilla de la entidad con la categoría profesional de jefe de primera. Sin embargo, el Consejo de Administración decidió extinguir simultáneamente las relaciones laboral y de alta dirección de López Merino sin justificar la medida, según ratifica la sentencia, y no se accedió a su petición de seguir trabajando en la entidad. Se les ofreció una única indemnización por la extinción de ambos contratos.

Finalmente, además de tener que abonar 147 millones por la extinción de su contrato de alta dirección, Caja Navarra perdió el juicio promovido por López Merino para percibir las cinco anualidades de indemnización reconocidas en su relación laboral común, una vez que se le negó la reincorporación a la dirección técnica. La sentencia se emitió el 10 de julio de 2001 y condenó a Caja Navarra a pagar otros 96,2 millones de pesetas como nueva indemnización, más 4,5 millones de pesetas en concepto de salarios de tramitación. Tras los recursos de súplica interpuestos por las partes, la misma sala ha estimado parcialmente el recurso de CAN y le ha eximido del pago de los citados salarios aduciendo el carácter de alta dirección del contrato de López Merino, aunque se ha ratificado en la improcedencia y nulidad del despido.

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

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