Absuelto el dueño de un 'pub' que fue denunciado por exceso de ruidos

Un juzgado granadino decidió ayer absolver al primer acusado en Andalucía por un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica al considerar que las pruebas periciales que se hicieron en su momento para hacer constar tal delito no fueron llevadas a cabo correctamente. Para el acusado, Miguel Ángel Carrasco, ahora absuelto, el ministerio fiscal solicitaba una pena de 18 meses de prisión, mientras la acusación particular exigía dos años de prisión y una indemnización de 120.000 euros.

Miguel Ángel Carrasco, propietario del pub Salsa, ubicado en el centro de la ciudad, ...

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Un juzgado granadino decidió ayer absolver al primer acusado en Andalucía por un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica al considerar que las pruebas periciales que se hicieron en su momento para hacer constar tal delito no fueron llevadas a cabo correctamente. Para el acusado, Miguel Ángel Carrasco, ahora absuelto, el ministerio fiscal solicitaba una pena de 18 meses de prisión, mientras la acusación particular exigía dos años de prisión y una indemnización de 120.000 euros.

Miguel Ángel Carrasco, propietario del pub Salsa, ubicado en el centro de la ciudad, había sido denunciado por una familia que tuvo que abandonar su vivienda a causa de los ruidos insoportables que emanaban del local y que les imposibilitaban el descanso. Uno de los miembros de la familia tuvo que tener incluso tratamiento médico debido a su dificultad para poder dormir.

Tras diferentes requerimientos, un equipo del Seprona de la Guardia Civil se personó en el local para efectuar una medición del ruido que dio ligeramente por encima de lo permitido legalmente. La forma en que se realizó la medición, sin embargo, no siguió el protocolo establecido, por lo que el juzgado de lo penal número 5 de Granada se decidió por la absolución.

Carrasco alegó en su defensa que, en todo momento, fue realizando las adaptaciones en su local que le aconsejaban sus asesores y que trató de mantenerse siempre dentro de la legalidad. El juzgado considera, además, que no quedaron suficientemente probadas las secuelas físicas en los miembros de la familia afectada al no haber requerido las partes acusadoras prácticas periciales médicas.

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