Altadis vierte duras críticas al Tribunal de la Competencia

Altadis disiente abiertamente con las tesis del Tribunal de Defensa de la Competencia. La empresa resultado de la fusión de Tabacalera y la francesa Seita dijo ayer que la multa impuesta por ese tribunal a Altadis el pasado 24 de abril de tres millones de euros por no ceder sus marcas de tabaco a la distribuidora McLane 'no se ajusta a derecho' y que por tanto será recurrida ante la Audiencia Nacional.

El Tribunal de la Competencia es la primera vez que se encuentra con una crítica tan frontal a una resolución sancionadora. Un comunicado de la empresa divide sus críticas en cuatro punto...

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Altadis disiente abiertamente con las tesis del Tribunal de Defensa de la Competencia. La empresa resultado de la fusión de Tabacalera y la francesa Seita dijo ayer que la multa impuesta por ese tribunal a Altadis el pasado 24 de abril de tres millones de euros por no ceder sus marcas de tabaco a la distribuidora McLane 'no se ajusta a derecho' y que por tanto será recurrida ante la Audiencia Nacional.

El Tribunal de la Competencia es la primera vez que se encuentra con una crítica tan frontal a una resolución sancionadora. Un comunicado de la empresa divide sus críticas en cuatro puntos. En primer lugar, considera que la 'resolución del tribunal impone a Altadis un proveedor de servicios logísticos, hecho sin precedentes ni en España ni en la Unión Europea'. Según esas fuentes, es la primera vez que se obliga a una empresa que ya tiene organizada su logística a contratar sus servicios con un operador determinado. Esta imposición no tiene base legal, según Altadis.

En segundo lugar, Altadis recalcó ayer que el marco legal del mercado del tabaco ha cambiado desde 1996 cuando se interpuso la denuncia de McLane, ya que las medidas de los años 1999 y 2000 han liberalizado totalmente la distribición mayorista. En España solamente se mantiene el monopolio en la distribución minorista en los estancos con la titularidad del Estado bajo concesión administrativa.

En tercer lugar, Altadis afirma que la resolución no favorece a los consumidores, ya que cada fabricante fija el precio de sus marcas en libre competencia sobre el que los estanqueros obtienen un margen fijado por la ley. Por tanto, los mayoristas no intervienen en el precio final.

En cuarto lugar, según Altadis, la resolución del tribunal crea un precedente en el sector logístico en general que 'podría llevar a situaciones anticompetitivas, ya que se podría dar la contradicción de que los fabricantes estuvieran obligados a dar sus productos a cualquier distribuidor que lo pida con independencia de su capacidad. Fuentes del tribunal han señalado que será la Audiencia Nacional la que debe decidir si la resolución se ajusta o no a derecho.

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