Dos de las tres asociaciones judiciales creen que los antecedentes penales de Liaño están vigentes

El indulto permite el ingreso inmediato, según la mayoría conservadora del Poder Judicial

La asociación judicial progresista Jueces para la Democracia (JpD) y la moderada Francisco de Vitoria (FV) informaron ayer al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que el Gobierno no puede indultar los antecedentes penales, por lo que no es posible el inmediato ingreso de Javier Gómez de Liaño en la carrera judicial. La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y conservadora, se abstuvo de suscribir el informe. El antiguo portavoz de la APM, José Luis Requero, anunció que la mayoría defenderá en el pleno de mañana que el indulto 'hizo juez a Liaño'.

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La asociación judicial progresista Jueces para la Democracia (JpD) y la moderada Francisco de Vitoria (FV) informaron ayer al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que el Gobierno no puede indultar los antecedentes penales, por lo que no es posible el inmediato ingreso de Javier Gómez de Liaño en la carrera judicial. La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y conservadora, se abstuvo de suscribir el informe. El antiguo portavoz de la APM, José Luis Requero, anunció que la mayoría defenderá en el pleno de mañana que el indulto 'hizo juez a Liaño'.

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El informe técnico-jurídico de las dos asociaciones judiciales mencionadas fue remitido ayer al presidente del CGPJ, Francisco José Hernando Santiago, 'ante la decisión que debe tomar el CGPJ sobre el alcance de un indulto [el concedido por el Gobierno a Gómez de Liaño, condenado por dictar resoluciones injustas a sabiendas]' en el pleno del Consejo de mañana.

Las asociaciones JpD y FV analizan en dicho informe 'las diferencias esenciales entre amnistía e indulto'. Razonan que 'la amnistía hace desaparecer jurídicamente el delito con las consecuencias que conlleva, mientras que el indulto sólo (...) implica el perdón de la pena, por lo que en este caso el delito subsiste y los antecedentes penales también'.

Límites legales al indulto

Ambas asociaciones judiciales recuerdan también que la amnistía sólo cabe 'mediante ley emanada del Parlamento, mientras que el indulto corresponde al Gobierno'. Y en cuanto a este último, explican: 'Sin una Ley de Indulto, el Gobierno no podrá indultar y, al tiempo, sólo puede indultar dentro de los límites que establece dicha ley. Dicho de otra manera, no es posible que el Gobierno indulte más allá de lo que le permite la Ley de Indulto'.

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Entre las limitaciones a la facultad de indultar, las dos asociaciones explican a Hernando que la Ley de Indulto prevé que los reos de toda clase de delitos sean indultados con arreglo a dicha ley 'de toda o parte de la pena', por lo que concluyen: 'En consecuencia, el Gobierno puede indultar la pena, pero su capacidad no se extiende a los antecedentes penales'. Sólo la existencia de una ley previa permitiría 'al Gobierno 'borrar' hasta dejar 'inexistentes' y 'desaparecidos' unos antecedentes penales'. JpD y FV insisten en que 'no existe tal ley' y en que 'la Ley de Indulto no autoriza al Gobierno a indultar los antecedentes penales', por lo que avisan al presidente del CGPJ: 'Interpretar un decreto de indulto, que evidentemente no indulta los antecedentes penales, en el sentido de que conlleva la desaparición de los mismos, sólo puede hacerse desconociendo el sistema normativo vigente en un estado de derecho y la división de funciones entre los poderes del Estado que éste implica'.

Los intentos de ambas asociaciones para que la asociación conservadora APM suscribiera también el informe técnico-jurídico fracasaron, ya que su portavoz, José Manuel Suárez Robledano, comunicó a uno de los redactores del documento: 'Ésa no es nuestra guerra'. Suárez criticó ayer el informe de las otras dos asociaciones por tratarse, según dijo, de un caso resuelto por el Tribunal de Conflictos, por lo que 'no se puede mantener un conflicto permanentemente'.

El otro portavoz de la APM, Vicente Magro, felicitó al presidente del CGPJ por propiciar 'un estudio detallado del asunto, mediante la petición de informes a distintos letrados para que la decisión sea meditada'. Magro reconoció que 'los antecedentes penales [de Liaño] están ahí' y pidió al CGPJ que haga 'un esfuerzo para dar una respuesta jurídica'.

Unanimidad en el Supremo

Fuentes de los diferentes sectores del CGPJ coincidieron en que, sea cual sea el alcance que se pretenda dar al indulto, existe consenso en los diversos informes sobre la existencia de unos antecedentes penales no cancelados. Dichas fuentes recordaron que los 14 magistrados de la Sala Penal del Supremo que estudiaron el 8 de enero de 2001 el alcance del indulto -entre ellos, el hoy vocal propuesto por el PP Adolfo Prego- discreparon sobre otros aspectos del indulto, pero coincidieron unánimemente en que 'los antecedentes penales del indultado indudablemente no quedan borrados por la gracia de indulto'.

De ahí que, según Requero, la mayoría defenderá el reingreso de Liaño, 'aunque sea con antecedentes penales, ya que para volver a ejercer como juez no necesita cancelarlos; el indulto ya le ha hecho juez, aunque subsistan los antecedentes'.

Desde la minoría progresista, José Antonio Alonso calificó esa propuesta de 'disparate jurídico', además de 'una invasión de las competencias del Tribunal Supremo en un indulto'.

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