Un dictamen de la UE considera ilegales los pactos aéreos de 8 países con EE UU

El informe permite a todas las aerolíneas volar a norteamérica desde cualquier aeropuerto

Los acuerdos bilaterales suscritos por ocho países de la Unión Europea (UE) con Estados Unidos, llamados acuerdos de cielos abiertos, para que sus aerolíneas de bandera puedan volar hacia aeropuertos estadounidenses son ilegales, a juicio del Tribunal de Justicia europeo. El abogado general de la Corte de Luxemburgo concluyó ayer que son discriminatorios porque impiden a las compañías europeas operar en rutas transatlánticas desde cualquier aeropuerto de la UE. La Comisión Europea afirma que así se facilitará la reestructuración del sector aéreo europeo.

La sentencia definitiva se hará ...

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Los acuerdos bilaterales suscritos por ocho países de la Unión Europea (UE) con Estados Unidos, llamados acuerdos de cielos abiertos, para que sus aerolíneas de bandera puedan volar hacia aeropuertos estadounidenses son ilegales, a juicio del Tribunal de Justicia europeo. El abogado general de la Corte de Luxemburgo concluyó ayer que son discriminatorios porque impiden a las compañías europeas operar en rutas transatlánticas desde cualquier aeropuerto de la UE. La Comisión Europea afirma que así se facilitará la reestructuración del sector aéreo europeo.

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La sentencia definitiva se hará pública entre mayo y junio. Pero las conclusiones expuestas por el abogado general, Antonio Tizzano, respecto a los recursos presentados por la Comisión en 1998 contra los acuerdos de cielos abiertos firmados individualmente por Reino Unido, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Bélgica, Luxemburgo, Austria y Alemania con Estados Unidos ya dan las primeras pistas de por donde irá la decisión final. La Corte suele seguir en el 80% de los casos las propuestas de este dictamen,

Si la estadística no falla, Bruselas podría ver reforzada su posición para negociar los acuerdos aéreos en nombre de la UE como un bloque y, sobre todo, se allanaría el camino para las fusiones entre compañías aéreas.

Las conclusiones de Tizzano no contemplan en ningún momento la posibilidad de anular estos acuerdos, pero sí ponen en cuestión la base sobre la que se sustentan. El abogado general propone que la cláusula de nacionalidad, la piedra angular de estos acuerdos, se declare ilegal 'porque viola el principio de libertad de establecimiento' y asegura que esta medida 'no puede justificarse'. Gracias a esta cláusula, los gobiernos dan acceso a las compañías con capital en ese país a los aeropuertos estadounidenses, pero esta ventaja no puede ser disfrutada por las aerolíneas de otros países de la UE.

En el caso de que una compañía extranjera europea quisiera utilizar esa ruta, no tiene más remedio que realizar el servicio bajo la designación de una aerolínea de ese país. Desde Londres, por ejemplo, sólo pueden operar hacia Estados Unidos las compañías Virgin y British Airways, pero no las compañías que no son británicas y otras de ese país. Si Lufthasa quisiera ofrecer servicios desde Londres hacia Washington debería hacerlo con la designación de una de esas dos compañías. Se da la circunstancia, además, de que si se produce una fusión entre compañías europeas, los derechos de vuelos hacia EE UU se pierden, porque no se pueden intercambiar. Un inconveniente que ha frenado muchas alianzas.

Además, se cuestiona la capacidad de los países para cerrar acuerdos internacionales que afecten a normas comunes, como las tarifas que las compañías estadounidenses pueden aplicar en las rutas intracomunitarias y los sistemas informatizados de reservas para las que existen normas europeas muy concretas. El abogado general cree que los Estados miembros 'no han hecho lo posible' para que los puntos de los acuerdos de cielos abiertos sean 'plenamente conformes con la normativa comunitaria'.

Bruselas acogió con satisfacción estas conclusiones. 'Se han seguido nuestras tesis en los puntos esenciales', dijo el portavoz del Ejecutivo, Jonathan Faull. 'La discriminación por nacionalidad es una de las violaciones más serias de los principios fundamentales y leyes de la Comunidad Europea', indicó. 'Tenemos un solo mercado y una sola política en el comercio de bienes y servicios, por eso es anormal que nuestro territorio se divida por esta red de acuerdos bilaterales', añadió Faull.

La única pega hacia las conclusiones preliminares del tribunal es que dejan claro que la Comisión no tiene competencias para negociar un acuerdo global de cielos abiertos con ningún país tercero, a no ser que reciba mandato del Consejo de Ministros de la UE, algo que la comisaria europea de Transportes, Loyola de Palacio, reclama con insistencia tras los atentados terroristas del 11 de septiembre.

Cambio de posición

Pero en Bruselas restan ahora importancia a esta cuestión, porque augura que a medio plazo 'los países irán cambiando poco a poco de posición' debido a que los acuerdos bilaterales ya no serán rentables. 'Los acuerdos bilaterales actuales quedarán caducos, porque tendrán que modificarse tan profundamente que será más simple y racional tener un solo acuerdo comunitario', declaró el portavoz de Transportes en la Comisión Europea, Gilles Gatellet, quien afirmó que a raíz de la sentencia se va a producir 'una revolución'.

La comisaria europea de Transportes, Loyola de Palacio, declaró que 'si se confirman las conclusiones del abogado general, habrá que plantearse de nuevo la cuestión de negociar un acuerdo comunitario de cielos abiertos con Estados Unidos'.

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