Tribuna:

Órdago

El problema de los profesores de Religión de los colegios públicos de la comunidad se ha agudizado. Al despido de Resurrección han seguido la falta de llamada a clase de otras dos profesoras. El divorcio, la inasistencia a misa y el ir de copas han sido causas determinantes de sus paros obligados. Es posible que estos nuevos ceses permitan ver las cosas como lo que son. No se trataba, como pudiera pensarse, de que el despido de Resurrección respondiera a un capricho nostálgico del Obispado de Almería. Era algo más. Se trataba, lo han cantado el número de ceses y sus causas, de que los político...

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El problema de los profesores de Religión de los colegios públicos de la comunidad se ha agudizado. Al despido de Resurrección han seguido la falta de llamada a clase de otras dos profesoras. El divorcio, la inasistencia a misa y el ir de copas han sido causas determinantes de sus paros obligados. Es posible que estos nuevos ceses permitan ver las cosas como lo que son. No se trataba, como pudiera pensarse, de que el despido de Resurrección respondiera a un capricho nostálgico del Obispado de Almería. Era algo más. Se trataba, lo han cantado el número de ceses y sus causas, de que los políticos de la iglesia española habían decidido que la Religión dejara de ser asignatura en centros públicos. No quieren enseñar religión, informando de su contenido ideológico o filosófico, sino que se comulgue con su religión. Llamando a las cosas por su nombre, la enseñanza se quiere practicar con fines de adoctrinamiento. Si no fuera así, no exigirían a los profesores lo que llaman testimonio de vida.

Puede decirse, y se ha dicho, que estas decisiones merecen respeto (presidente del PP almeriense), o que la actuación eclesiástica está bendecida por los acuerdos de cooperación que el Estado puede mantener. Sin embargo, no parece que sea cuestión de respeto, sino de legalidad. La exigencia de testimonio de vida a estos profesores -por cierto, sin exigirlo a Milingo, a los gescarteristas o al arzobispo francés, que están sujetos a la disciplina eclesiástica- arrastra la lesión de derechos constitucionales de quienes no están sujetos a esta disciplina (derecho al trabajo sin discriminación, al honor, a no ser tachados de adúlteros desde los púlpitos y a la igualdad en la aplicación de la ley, por no seguir). Y además vulnera los principios de pluralismo religioso y aconfesionalidad en los que se basa el Estado.

De ahí que deba existir una respuesta que conteste al órdago que han lanzado los obispados a la Constitución. El Gobierno andaluz, en cuanto titular de sus centros públicos de enseñanza, la empieza a dar. Falta el Gobierno central. Su silencio o una actuación tolerante son formas de consentir la vulneración de los derechos de estos profesores, permitir el adoctrinamiento en colegios públicos y romper el principio de aconfesionalidad del Estado.

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