Ane Lizarralde, ex portavoz de Jarrai, absuelta de un delito de amenazas
El Juzgado de lo Penal número 5 de San Sebastián ha absuelto a la ex portavoz de Jarrai Ane Lizarralde de un presunto delito de amenazas, al considerar que 'no consta' que al manifestar 'si quieren guerra, la van a tener', la joven haya 'atemorizado ni coartado la libertad de los destinatarios' de estas palabras, aunque destaca que la expresión es 'claramente intimidatoria'.
La sentencia recoge como probado que el 2 de diciembre de 1997 Lizarralde, como 'miembro' de Jarrai, afirmó en una rueda de prensa: 'Si quieren guerra, pues la van a tener, porque está demostrado que aquí, luchando,...
El Juzgado de lo Penal número 5 de San Sebastián ha absuelto a la ex portavoz de Jarrai Ane Lizarralde de un presunto delito de amenazas, al considerar que 'no consta' que al manifestar 'si quieren guerra, la van a tener', la joven haya 'atemorizado ni coartado la libertad de los destinatarios' de estas palabras, aunque destaca que la expresión es 'claramente intimidatoria'.
La sentencia recoge como probado que el 2 de diciembre de 1997 Lizarralde, como 'miembro' de Jarrai, afirmó en una rueda de prensa: 'Si quieren guerra, pues la van a tener, porque está demostrado que aquí, luchando, peleando, es la única manera (...) que tenemos de conseguir la paz'. La joven dirigió estas palabras al Gobierno español, el PNV y el PP tras la sentencia del Tribunal Supremo que condenaba a la Mesa Nacional de HB. La Fiscalía, que probablemente recurrirá el fallo, calificó los hechos como un delito de amenazas y pidió para la acusada dos años de cárcel.
La juez Begoña Argal indica que 'el mal anunciado es la guerra, la lucha y la pelea', y dicho anuncio 'ha sido proferido por una joven que por sí sola no puede desplegar una guerra o lucha en sentido estricto de acciones violentas contra las personas a las que se dirige', pues 'carece de los medios para que su mal se pueda llevar a cabo por su exclusiva voluntad'.
No obstante, entiende que las declaraciones son 'claramente intimidatorias' y subraya que el significado que la imputada dio a sus expresiones en el juicio es 'sorprendente', pues 'afirmar que las dijo en sentido metafórico, equiparándolas a trabajo y llamamiento a los jóvenes de Euskal Herria, no deja de ser una total contradicción'. Agrega el fallo que 'guerra' es 'sinónimo de muerte, destrucción y sufrimiento', mientras que 'trabajo' es 'una actividad que dignifica al hombre, pudiendo trabajarse por los derechos' sin violencia.