El control del lino compete a las autonomías, según la Oficina Europea contra el Fraude

La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) señala, en un informe confidencial sobre el supuesto fraude del lino, que la competencia en la aplicación del derecho comunitario en materia agrícola 'es competencia exclusiva de las comunidades autónomas'.

La OLAF resalta, a este respecto, que 'la responsabilidad y la competencia en la realización de controles y verificaciones de las actividades que dan lugar a la percepción de ayudas directas (como las del lino), pertenecen, en el ámbito de la política agrícola común en España, exclusivamente a las administraciones de las comunidades...

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La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) señala, en un informe confidencial sobre el supuesto fraude del lino, que la competencia en la aplicación del derecho comunitario en materia agrícola 'es competencia exclusiva de las comunidades autónomas'.

La OLAF resalta, a este respecto, que 'la responsabilidad y la competencia en la realización de controles y verificaciones de las actividades que dan lugar a la percepción de ayudas directas (como las del lino), pertenecen, en el ámbito de la política agrícola común en España, exclusivamente a las administraciones de las comunidades autónomas'.

'De esta forma', añade la OLAF en el informe, 'son los servicios de las comunidades autónomas los responsables de la gestión y la ejecución de los controles a implantar ante los productores de lino y ante las unidades de transformación, con el fin de reconocer la elegibilidad de la ayuda comunitaria en cuestión'.

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La investigación desarrollada por la OLAF ha estado orientada a establecer hechos que constituyan una irregularidad o un fraude en detrimento del presupuesto comunitario. 'Por ello', añade la Oficina, 'el informe no se pronuncia sobre eventuales responsabilidades políticas'.

'Las posibles implicaciones criminales de este asunto, como los incendios de ciertas unidades de transformación, así como la eventual responsabilidad penal de ciertos protagonistas de este expediente son objeto de una investigación en curso por la Audiencia Nacional', añade la OLAF.

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La Oficina contra el Fraude recuerda en su informe las disposiciones comunitarias en vigor para obtener las ayudas y resalta que 'las autoridades españolas añadieron, además, otra con el fin de optar a la ayuda: a partir de la campaña 1999-2000, el rendimiento paja/fibra obtenido por las unidades de transformación debe ser, al menos, del 20 por ciento'.

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