La Cámara de Cuentas ve 'debilidades significativas' en el control interno de Tussam

La Cámara de Cuentas de Andalucía observa 'debilidades significativas en los sistemas y procedimientos de control interno' de la empresa municipal de transportes de Sevilla, Tussam, tras analizar sus cuentas de 1998.

Las debilidades aparecen 'especialmente' en el ámbito de compras, almacenes y sistemas informáticos contables y de gestión. La Cámara de Cuentas recomienda a la empresa que ponga por escrito 'los procedimientos, criterios y responsabilidades de los distintos puestos de trabajo, la debida segregación de funciones y los niveles de supervisión'.

También considera el órg...

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La Cámara de Cuentas de Andalucía observa 'debilidades significativas en los sistemas y procedimientos de control interno' de la empresa municipal de transportes de Sevilla, Tussam, tras analizar sus cuentas de 1998.

Las debilidades aparecen 'especialmente' en el ámbito de compras, almacenes y sistemas informáticos contables y de gestión. La Cámara de Cuentas recomienda a la empresa que ponga por escrito 'los procedimientos, criterios y responsabilidades de los distintos puestos de trabajo, la debida segregación de funciones y los niveles de supervisión'.

También considera el órgano de control que 'deben ser objeto de normalización y actualización los sistemas de gestión de compras y almacenes, así como el sistema y aplicaciones informáticas contables', para que se puedan cumplir los requisitos del Plan General de Contabilidad.

La Cámara afirma que Tussam cumple la legalidad aplicable a su actividad con la excepción de las normas sobre calidad del aire y carburantes, que son incumplidas de forma transitoria, según la empresa, a la espera del traslado de sus instalaciones.

También se estima que las cuentas de la sociedad expresan la imagen fiel de su patrimonio y situación financiera, con la salvedad del contencioso abierto con la Consejería de Economía y Hacienda por el impago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Mientras Tussam se considera exenta por ser Administración Pública, la Cámara de Comercio recuerda que la Dirección General de Tributos no considera aplicable esa exención.

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