El TSJA anula la licencia para edificar un hospital en Montilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la licencia provisional que el Ayuntamiento de Montilla, gobernado por Izquierda Unida, dio para la construcción de un hospital de la empresa Pascual, ya que la acordó de "manera torticera", con la finalidad de incumplir la propia normativa urbanística municipal. La resolución judicial, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, concreta que la posibilidad de dar licencia provisional de construcción se limita a "usos y obras justificadas de carácter provisional", lo que no se da en este caso.La sala señala: "Es notorio que un hos...

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la licencia provisional que el Ayuntamiento de Montilla, gobernado por Izquierda Unida, dio para la construcción de un hospital de la empresa Pascual, ya que la acordó de "manera torticera", con la finalidad de incumplir la propia normativa urbanística municipal. La resolución judicial, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, concreta que la posibilidad de dar licencia provisional de construcción se limita a "usos y obras justificadas de carácter provisional", lo que no se da en este caso.La sala señala: "Es notorio que un hospital como el proyectado tiene un coste económico importantísimo y la importancia de los usos a desarrollar hacen de manera objetiva prácticamente imposible el otorgamiento de la licencia provisional solicitada, porque su propio carácter de provisionalidad resulta contrario a semejante obra".

El Hospital Virgen de las Viñas, abierto el 1 de junio de 1999 y después cerrado al no ser concertado con la sanidad pública ni comprado por la Junta de Andalucía, es una de las instalaciones que aspiran a ser adquiridas por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en el concurso que están pendiente de adjudicar, en base a un presupuesto base de licitación de 2.710 millones de pesetas.

Con este sentencia, el TSJA da la razón a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, que recurrió la concesión de la licencia provisional dada por el Ayuntamiento en noviembre de 1997. A través de esta licencia, se permitió a la empresa Pascual edificar en una primera fase 11.113 metros cuadrados en unos terrenos "no urbanizables" y con una "calificación de zonas de protección de infraestructuras y rústico de especial protección paisajística".

Dos semanas antes, el pleno municipal montillano había acordado una modificación de esta calificación, que prohíbe "cualquier uso constructivo", por lo que, en el momento de la concesión de la licencia provisional esa era "la realidad existente", que la sala entiende vulnerada.

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