Iparlat deberá indemnizar a Danone por usar su marca Bio como reclamo

La Audiencia de Vizcaya ha condenado a la empresa láctea vasca Iparlat a indemnizar a la multinacional Danone por daños y perjuicios por modificar su marca de yogures Bio Kaiku, registrada en 1992, con el fin de que se pareciera a la de Bio Danone. El tribunal, cuya sentencia ha sido recurrida, considera que Iparlat "se ha aprovechado indebidamente de la reputación" y de las inversiones realizadas por Danone, ya que "ha alterado" la forma bajo la que registró su marca Bio Kaiku para hacerla similar al producto de Danone. Este comportamiento, según la sentencia, implica "competencia desleal"....

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Audiencia de Vizcaya ha condenado a la empresa láctea vasca Iparlat a indemnizar a la multinacional Danone por daños y perjuicios por modificar su marca de yogures Bio Kaiku, registrada en 1992, con el fin de que se pareciera a la de Bio Danone. El tribunal, cuya sentencia ha sido recurrida, considera que Iparlat "se ha aprovechado indebidamente de la reputación" y de las inversiones realizadas por Danone, ya que "ha alterado" la forma bajo la que registró su marca Bio Kaiku para hacerla similar al producto de Danone. Este comportamiento, según la sentencia, implica "competencia desleal".

El fallo señala que Iparlat ha agrandado y resaltado la partícula Bio de su marca con la pretensión de aproximarse a la marca Bio de Danone. Así se ha producido un aprovechamiento "indebido" de la reputación que tiene este producto y de las fuertes inversiones efectuadas para publicitarlo. En su opinión de la Audiencia, se trata de un "comportamiento contrario a la buena fe". El tribunal observa que el término Kaiku "ha sido adelgazado", lo que "supone una aproximación gráfica evidente a la grafía de la marca Bio", destinada por Danone, SA para el mismo producto lácteo.

El Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado a la láctea Iparlat a terminar de forma inmediato con la comercialización de su producto lacteo con el etiquetado que ahora tiene. Además, le impone el pago de daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la modificación en el uso de la marca Bio Kaiku. La sentencia ha sido recurrida, por lo que estas medidas no se tendrán que hacer efectivas hasta que haya una sentencia firme.

Precisamente sobre el uso del término bio en los productos alimenticios se ha pronunciado la Unión Europea. La normativa comunitaria quiere limitar su uso a los productos que se han producido realmente de una forma biológica para que no se produzca un fraude al consumidor, que cree comprar un produzco de estas condiciones cuando muchas veces se trata de un reclamo publicitario. Pero esta restricción no se aplicará a las empresas que previamente tenían registrada el término.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En