60 millones de multa a un colegio de médicos por ceder datos personales

La APD sanciona a Caixa Galicia por enviar publicidad no deseada

La desatención de los deseos expresados por un ciudadano de que sus datos personales no fueran cedidos a ninguna persona ni entidad y de no recibir envíos publicitarios costará al Colegio Oficial de Médicos de A Coruña 60 millones de pesetas, y a Caixa Galicia, 10 millones, importes respectivos de las multas que les ha impuesto la Agencia de Protección de Datos (APD), a instancia del denunciante, Juan M. Carreira.

La APD ha sancionado al citado colegio con una multa de 50 millones por cesión de datos sin permiso, y con otra de 10 millones a Caixa Galicia, por tratarlos o usarlos sin...

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La desatención de los deseos expresados por un ciudadano de que sus datos personales no fueran cedidos a ninguna persona ni entidad y de no recibir envíos publicitarios costará al Colegio Oficial de Médicos de A Coruña 60 millones de pesetas, y a Caixa Galicia, 10 millones, importes respectivos de las multas que les ha impuesto la Agencia de Protección de Datos (APD), a instancia del denunciante, Juan M. Carreira.

La APD ha sancionado al citado colegio con una multa de 50 millones por cesión de datos sin permiso, y con otra de 10 millones a Caixa Galicia, por tratarlos o usarlos sin consentimiento del afectado.La APD, en su resolución, recurrible ante la Audiencia Nacional, declara probado que el denunciante solicitó en 1997 al Colegio Oficial de Médicos de A Coruña "la no remisión de envíos publicitarios ni circulares de cualquier clase, así como la no cesión de sus datos personales a cualquier persona o entidad, partidos políticos, entidades financieras o aseguradoras, salvo las que competan exclusivamente a sus intereses y derechos individuales".

El Colegio de Médicos preguntó a la APD si el denunciante y colegiado tenía derecho a prohibir al colegio la remisión de información y circulares y la cesión de sus datos, a lo que dicho organismo, encargado de la protección de la privacidad de los datos personales, contestó que no puede prohibirse al colegio la remisión de circulares o publicaciones propias o la cesión de datos imprescindibles para asegurar el ejercicio profesional de los colegiados.

En cuanto a la cesión de datos, la APD considera que el Colegio Oficial de Médicos cedió a Caixa Galicia, sin el consentimiento de los afectados, los datos personales necesarios para que esta entidad pusiera a disposición de los colegiados el Plan de Pensiones de Medicaixa, sobre el que Caixa de Galicia realizó una campaña de publicidad dirigida a los colegiados. A pesar de que la APD, a requerimiento de Carreira, instó el 29 de abril de 1997 al Colegio Oficial de Médicos de A Coruña para que cancelara sus datos sobre calle, teléfono y banco de sus ficheros automatizados, el citado colegio cedió con posterioridad a Caixa Galicia el dato de su domicilio. En consecuencia, por infracción muy grave, sanciona a dicha entidad con 50 millones de pesetas.

Propaganda

En cuanto al tratamiento de datos personales sin permiso del afectado, la APD describe que junto a propaganda que puede estimarse necesaria para ejercer la profesión, el denunciante recibió, procedente del Colegio Oficial de Médicos, otra ajena a esa finalidad, como la relativa a los actos conmemorativos de la festividad de los médicos españoles, a la suscripción de una póliza de seguro de vida con una determinada compañía, a una exposición de pintura, a un curso de inglés para profesionales sanitarios, a una oferta comercial de Airtel y a un programa del Xacobeo 99.

La APD razona que, "si bien los colegios profesionales tienen unas obligaciones que cumplir (...), entre otras, favorecer las condiciones económicas y financieras de los colegiados (...), dichas obligaciones deben conjugarse con los derechos que la Ley Orgánica Reguladora del Tratamiento Automatizado de Datos (LORTAD) concede a los ciudadanos, entre ellos, los de cancelación de datos de ficheros y el otorgar el consentimiento al tratamiento de la información que a ellos concierne".

En consecuencia, la APD considera que el Colegio Oficial de Médicos de A Coruña ha infringido el artículo 6 de la LORTAD, que exige "el consentimiento del afectado" para poder tratar automatizadamente sus datos de carácter personal. La resolución rechaza las alegaciones del Colegio de Médicos y considera que "no puede admitirse" su pretensión de que no se requiere el consentimiento del afectado para el tratamiento de sus datos personales en el envío de propaganda, función meramente privada. De ahí que, por infracción grave, le imponga una multa de 10 millones de pesetas.

Por infracción del mismo precepto, la APD impone a Caixa Galicia otra multa de 10 millones de pesetas, ya que dicha entidad, que remitió a Carreira publicidad relativa al proyecto de Medicaixa, "no ha acreditado disponer del consentimiento de los afectados para tratar sus datos personales, ni siquiera se ha preocupado de saber si era legal la utilización de los datos".

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