La Audiencia de Barcelona critica que la apología del genocidio sea delito

La Audiencia de Barcelona considera que el artículo 607.2 del Código Penal, que castiga la apología del genocidio hasta con dos años de prisión, "carece de justificación" y "supone una limitación del derecho a la libertad de expresión" recogido en la Constitución. Por este motivo, la Sección Tercera ha dictado un auto en el que acuerda plantear cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie. De esta manera, la sala suspende su decisión sobre el recurso de apelación presentado por la defensa de Pedro Varela, propietario de la librería Europa de Barcelona...

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La Audiencia de Barcelona considera que el artículo 607.2 del Código Penal, que castiga la apología del genocidio hasta con dos años de prisión, "carece de justificación" y "supone una limitación del derecho a la libertad de expresión" recogido en la Constitución. Por este motivo, la Sección Tercera ha dictado un auto en el que acuerda plantear cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie. De esta manera, la sala suspende su decisión sobre el recurso de apelación presentado por la defensa de Pedro Varela, propietario de la librería Europa de Barcelona y ex presidente del disuelto grupo nazi Círculo Español de Amigos de Europa (Cedade). El Juzgado de lo Penal número 3 de esta ciudad le condenó a dos años de prisión por apología del genocidio y a otros tres por incitación al odio racial, pero su defensa recurrió y pidió a la Audiencia de Barcelona que plantease la cuestión de inconstitucionalidad por la primera condena dictada en España por este delito.

La Audiencia de Barcelona afirma que "toda limitación a un derecho fundamental debe estar justificada por la protección de otro derecho que merezca la misma consideración", circunstancia que, según el tribunal, no se da en este caso.

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