Una juez sostiene que las ayudas públicas a TVE no pueden considerarse como subvenciones

Un pleito entre la Sociedad General de Autores (SGAE) y Televisión Española, acerca de las cantidades reclamadas en concepto de derechos de autor, ha derivado en una sentencia judicial que reduce drásticamente la cantidad global sobre la que debe aplicarse el canon para los autores. Según la sentencia, de esa cantidadad hay que excluir la mayor parte de las ayudas públicas recibidas por TVE, pese a que representan más de la mitad del dinero con el que funciona la radiotelevisión estatal.Frente a la tesis de la Sociedad de Autores, que sostiene que el canon por derechos de autor ha de c...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Un pleito entre la Sociedad General de Autores (SGAE) y Televisión Española, acerca de las cantidades reclamadas en concepto de derechos de autor, ha derivado en una sentencia judicial que reduce drásticamente la cantidad global sobre la que debe aplicarse el canon para los autores. Según la sentencia, de esa cantidadad hay que excluir la mayor parte de las ayudas públicas recibidas por TVE, pese a que representan más de la mitad del dinero con el que funciona la radiotelevisión estatal.Frente a la tesis de la Sociedad de Autores, que sostiene que el canon por derechos de autor ha de calcularse sobre la totalidad de los ingresos de cada televisión, pública o privada, la juez número 4 de Madrid, Cristina Jiménez Savurido, excluye las ayudas públicas a TVE que no sean estrictamente una subvención. El pleito reproduce el conflicto planteado con casi todas las televisiones autonómicas con doble financiación (pública y comercial), que hasta ahora había dado origen a sentencias favorables a la Sociedad de Autores.

En el caso de TVE, la juez acepta que "sin el menor género de duda, la constancia en los Presupuestos Generales del Estado del nivel de endeudamiento (...) constituye una importante ayuda pública", pero no una subvención, tal como ésta viene definida en el Plan General Contable. El endeudamiento de TVE está autorizado "en términos tales que esa deuda acumulada, de un modo o de otro, será cancelada por el Estado", pero a la juez le parece que esto no debe considerarse a efectos de retribuir a los autores, sino que son formas de cubrir los gastos "en que TVE pueda incurrir, tal vez, para respetar la imposición que desde instancias competentes le venga exigida de mantener centros territoriales diversos, con un gasto que desborda, con mucho, a aquel en el que incurren las empresas privadas de televisión".

La ventanilla

TVE sólo tendría que pagar por los derechos de autor en función de sus ingresos publicitarios y de lo que esté definido estrictamente como subvención. La sentencia no es firme y la SGAE ha anunciado un recurso.Es habitual que las cantidades consignadas como subvenciones estatales a RTVE sean inferiores a la deuda que se le autoriza. Para este año, por ejemplo, RTVE recibe 11.000 millones de subvención, mientras que tiene autorizado un endeudamiento de 170.000 millones.

El presidente de la SGAE, Eduardo Bautista, considera contradictoria esta sentencia con la doctrina de la Unión Europea. Se pregunta cómo van a aceptar las autoridades reguladoras de la Competencia que "las empresas públicas compitan deslealmente con las privadas en el mismo espacio mercantil, a partir de las subvenciones". Y añade: "Si todo el dinero que recibe TVE con el aval del Estado no es una subvención, sino una mera ayuda pública, ¿en qué ventanilla hay que presentarse para pedir ayudas públicas?".

Archivado En