Editorial:

Jura constitucional

¿TIENE SENTIDO que, a estas alturas, juren o prometan fidelidad al Rey y a la Constitución los mandos militares que no han hecho tal juramento o promesa por haber ingresado en las academias antes de 1981, fecha en que se estableció la fórmula del juramento constitucional que sustituyó a la instituida por Franco en septiembre de 1936? Desde el punto de vista práctico, la cuestión parece absurda: la ausencia de ese juramento en estos años no ha hecho a esos militares menos leales a las autoridades civiles ni menos fieles a sus superiores. Pero se trata de una cuestión de principio que, como tal,...

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¿TIENE SENTIDO que, a estas alturas, juren o prometan fidelidad al Rey y a la Constitución los mandos militares que no han hecho tal juramento o promesa por haber ingresado en las academias antes de 1981, fecha en que se estableció la fórmula del juramento constitucional que sustituyó a la instituida por Franco en septiembre de 1936? Desde el punto de vista práctico, la cuestión parece absurda: la ausencia de ese juramento en estos años no ha hecho a esos militares menos leales a las autoridades civiles ni menos fieles a sus superiores. Pero se trata de una cuestión de principio que, como tal, es difícilmente objetable y que si se plantea ahora es por la dificultad de resolverla en su momento, precisamente por las tensiones vividas en los cuarteles antes y después de la intentona golpista del 23-F. Pero la cuestión afecta igualmente a los miembros de la judicatura, la cátedra u otros altos cuerpos del Estado que accedieron al cargo antes de que se estableciera la fórmula de la promesa o juramento constitucional.El PSOE, IU y CiU creen que la ocasión de superar esa anomalía viene de la mano de la nueva Ley del Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobada el jueves en el Congreso, que consagra el Ejército profesional a partir del año 2002. Para esas fuerzas políticas no es lógico que los actuales tenientes coroneles, coroneles y generales -es decir, los mandos que accedieron a la condición militar antes del 24 de diciembre de 1980, fecha en que entró en vigor el juramento constitucional- sigan vinculados a las Fuerzas Armadas, a las que el artículo octavo de la Constitución encomienda, entre otras tareas, la defensa del "orden constitucional", mediante un juramento establecido en plena guerra civil.

Poco hay que decir sobre el sentido democrático y constitucional de la iniciativa. No se trata de poner en duda la convicción democrática de esos militares ni su lealtad al Rey y a la Constitución. Tampoco de ignorar el valor derrochado por muchos de ellos en misiones tan arriesgadas como la de Bosnia. Pero hay una cierta contradicción en el hecho de que unas Fuerzas Armadas que juran fidelidad a la Constitución sean dirigidas por unos mandos que no lo han hecho. La incongruencia de la situación no puede escapar, como es lógico, a sus protagonistas, pero sería absurdo que su solución diera pie a la controversia. Sobre este punto, las fuerzas políticas que están detrás de la iniciativa se han mostrado flexibles. En la práctica dejan en manos del Ministerio de Defensa la forma de resolver el asunto. Lo que cabe pedir es que de aquí al año 2002 no quede ningún jefe militar que no haya jurado o prometido "guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, así como obedecer y respetar al Rey", según reza la fórmula de juramento de la nueva Ley del Personal de las Fuerzas Armadas.

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