Editorial:

Apellido de la madre

EL CONGRESO ha avalado cuatro proposiciones de ley-presentadas por Iniciativa per Catalunya-Izquierda Unida, PSOE, PP e IU- en las que se defiende el derecho de los padres a dar a sus hijos como primer apellido el de la madre, alterando así la costumbre y la norma que han regido hasta ahora. Si prosperan, el nuevo precepto se añadirá a la reforma que permitió hace años la alteración del orden de sus apellidos a cualquier persona mayor de edad. La novedad es, pues, que esa posibilidad regirá también para los padres respecto a sus hijos.Se trata de una medida que equipara los derechos de las muj...

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EL CONGRESO ha avalado cuatro proposiciones de ley-presentadas por Iniciativa per Catalunya-Izquierda Unida, PSOE, PP e IU- en las que se defiende el derecho de los padres a dar a sus hijos como primer apellido el de la madre, alterando así la costumbre y la norma que han regido hasta ahora. Si prosperan, el nuevo precepto se añadirá a la reforma que permitió hace años la alteración del orden de sus apellidos a cualquier persona mayor de edad. La novedad es, pues, que esa posibilidad regirá también para los padres respecto a sus hijos.Se trata de una medida que equipara los derechos de las mujeres y de los hombres, que nace del respeto a la libertad de las parejas y que relega las competencias del Estado en lo que se refiere a la vida y las costumbres privadas. Las proposiciones de ley -que probablemente se refundirán en un solo texto- han de ser bienvenidas, porque con ellas desaparecerá una discriminación de hecho. Habrá que dilucidar algunos problemas de orden práctico, como lo que ocurriría en el caso de que los padres no estuvieran de acuerdo al respecto, sobre todo si median separaciones o divorcios durante el embarazo. 0 si se supone que la palabra del padre es portadora del acuerdo de la pareja sin más requisitos (la madre suele seguir en el centro médico cuando el hombre acude al registro). 0 el hecho de que hermanos tengan apellidos distintos y sus posibles consecuencias. Las proposiciones de ley establecen que los hermanos se apellidarán igual, pero podría darse el caso de un hijo o hija mayor de edad que desee mantener el apellido paterno, y un hermano recién nacido al que, en aplicación de la nueva ley, se quisiera dar el de la madre.

Con el tiempo tenderá a reducirse la cantidad de los apellidos más comunes (López, Rodríguez, Pérez, González... ) para facilitar la identificación de sus herederos mediante denominaciones más singulares en el apellido del cónyuge o pareja. Pero igualmente -desde el punto de vista filológico, histórico y cultural- se salvarán algunos apellidos que de otro modo correrían peligro de extinción si los herederos fueran todos mujeres. Desaparecerá así la obsesión de algunas familias por tener hijos varones que perpetúen la memoria de la estirpe.

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