Un consejo de 56 personas decidirá qué eventos deportivos serán emitidos en abierto

Altos cargos del Gobierno figuran en el proyecto de desarrollo de la 'ley del fútbol'

El Gobierno ha elaborado un proyecto de decreto para crear el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas. Se trata de un organismo contemplado en la ley del fútbol que elaborará cada temporada un catálogo de eventos deportivos que deben ser emitidos en abierto. Además, en el caso de que los operadores digitales no alcancen un acuerdo sobre los derechos de pago por visión, este consejo debe informar al respecto al Gobierno. El consejo contará con 56 miembros, nueve de ellos nombrados por el Ejecutivo -además del presidente-; otros nueve, por las autonomías, y el resto, pertenecient...

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El Gobierno ha elaborado un proyecto de decreto para crear el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas. Se trata de un organismo contemplado en la ley del fútbol que elaborará cada temporada un catálogo de eventos deportivos que deben ser emitidos en abierto. Además, en el caso de que los operadores digitales no alcancen un acuerdo sobre los derechos de pago por visión, este consejo debe informar al respecto al Gobierno. El consejo contará con 56 miembros, nueve de ellos nombrados por el Ejecutivo -además del presidente-; otros nueve, por las autonomías, y el resto, pertenecientes a Telefónica, organismos deportivos, medios de comunicación, sindicatos y grupos de consumidores

El Gobierno ha activado la controvertida ley del fútbol, que regula qué acontecimientos deportivos se pueden transmitir en sistema de pago y las condiciones de explotación de los derechos del fútbol en pago por visión. Más de ocho meses después de su entrada en vigor (julio de 1997), el vicepresidente primero, Francisco Álvarez Cascos, ha impulsado un proyecto de decreto para crear el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas, que estará adscrito al Ministerio de Educación y Cultura. La ley del fútbol autoriza la creación de dicho consejo por el Gobierno.El mencionado organismo deberá fijar, al inicio de cada temporada deportiva, qué eventos no se pueden codificar. Además, tendrá que hacer de intermediario en caso de que las plataformas digitales no alcancen un acuerdo para explotar los derechos del fútbol en pago por visión. La ley otorga a los operadores un año para sellar un acuerdo, plazo que vence a principios de julio próximo.

Si llegada esa fecha no hubiera acuerdo entre operadores, el consejo, "en el plazo de seis meses, elevará informe preceptivo al Gobierno y a la Comisión de Educación y Cultura del Congreso de los Diputados sobre la adecuación de la situación a la nueva legislación y efectuará, de oficio, las oportunas recomendaciones a los titulares de los derechos".

Según el proyecto de decreto, el consejo estará constituido por el presidente, dos vicepresidentes, los vocales y un secretario. La presidencia corresponderá al presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), actualmente Pedro Antonio Martín Marín.

Vocales gubernativos

Habrá dos vicepresidentes. El primero será un vocal designado por los miembros del consejo que representen a las autoridades gubernativas de ámbito estatal y autonómico. En representación de las autoridades estatales, el consejo tendrá nueve vocales: el subsecretario del Ministerio de Fomento; el secretario general de Fomento; el subsecretario del Ministerio de Educación y Cultura; el subsecretario del Ministerio de la Presidencia; el secretario general de Información del Ministerio de la Presidencia; el secretario general técnico de Fomento; el secretario general técnico de Educación y Cultura; el director general de Deportes del Consejo Superior de Deportes; y el secretario general técnico de Presidencia.Por parte de las autoridades gubernativas deportivas de ámbito autonómico: nueve reprentantes de las Comunidades autónomas. Estos nueve vocales autonómicos más los nueve estales elegirán al vicepresidente mero.

El vicepresidente segundo será nombrado por el resto de los miembros del consejo:

-Un representante de cada una de las federaciones deportivas con competiciones oficiales y de carácter profesional. Es decir,las federaciones de fútbol y baloncesto,los dos deportes que la legislación española contempla como profesionales.

-Dos miembros del resto de las federaciones deportivas.

-Un representante de la Liga de Fútbol Profesional(LFP) y otro de la Asociación de Clubes de Baloncesto (ACB).

-Un representante de la Asociación de Futbolistas Españoles y otro de la Asociación de Baloncestistas Profesionales.

-Dos representantes de las entidades organizadoras de competiciones o acontecimientos deportivos de ámbito estatal, que o formen parte de federaciones o ligas profesionales.

-Veintiún representantes de os medios de comunicación: uno de Televisión Española y otro de Radio Nacional; uno por cada una de las seis autonómicas(TVG, ETB, Telemadrid, Caal 9, TV-3 y Canal Sur); uno por cada de una de las tres televisiones privadas (Tele 5, Antena 3 Televisión y Canal +); dos de la Asociación Española de radiodifusión Comercial; dos de la prensa seleccionados por la Federación de las Asociaciones de la Prensa; dos de los operadores de televisión por satélite (Vía Digital y Canal Satélite Digital); dos de los operadores concesionarios de telecomunicaciones por cable en el ámbito de la televisión; y dos de Telefónica Cable, S. A.

-Dos representantes de consumidores y usuarios.

-En nombre de los sindicatos más representativos en el ámbito de las comunicaciones y el deporte profesional: un representante de las secciones sindicales más representativas de las televisiones públicas y otro de las televisiones privadas; y dos resonsables de comunicación de las organizaciones sindicales más relevantes.

Todos los vocales, salvo los representantes del Gobierno, no podrán ostentar el cargo más de tres años. El consejo tendrá además un secretario "con voz y voto" que será "un subdirector general o asimilado, designado por el presidente del Consejo". Los miembros del consejo no tendrán retribución económica.

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