Control sobre la infraestructura ferroviaria

Los estatutos que el Ministerio de Fomento ha diseñado para el ente público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) supeditan estrechamente su control a Joaquín Abril Martorell, Secretario de Estado de Infraestructuras, según el proyecto del Real Decreto elaborado por el departamento.Este intervencionismo sobre el ente que se hará cargo de la construcción y administración de la línea del AVE entre Madrid y Barcelona, "e infraestructuras preexistentes", cerca el campo de juego de su presidente, Jaume Vilalta, cuyo nombramiento no se hará firme hasta un mes después de que los estatutos del...

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Los estatutos que el Ministerio de Fomento ha diseñado para el ente público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) supeditan estrechamente su control a Joaquín Abril Martorell, Secretario de Estado de Infraestructuras, según el proyecto del Real Decreto elaborado por el departamento.Este intervencionismo sobre el ente que se hará cargo de la construcción y administración de la línea del AVE entre Madrid y Barcelona, "e infraestructuras preexistentes", cerca el campo de juego de su presidente, Jaume Vilalta, cuyo nombramiento no se hará firme hasta un mes después de que los estatutos del GIF aparezcan en el Boletín Oficial del Estado.

Entre las múltiples competencias que se reserva Fomento figuran la realización de los estudios previos de las líneas, los proyectos de construcción y sus modificaciones, así como la potestad de expropiar, aunque sea el GIF quien se encargue de abonar el justiprecio y contratar las obras, que se ejecutarán bajo la inspección de funcionarios de Fomento y no precisarán de licencia municipal.

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El ministerio se reserva fijar la composición del número de vagones de los trenes que operen en la línea ferroviaria, y determina que la explotación de los servicios de las líneas administradas por el GIF corresponderá a RENFE, "que deberá aportar la tracción y abonar al GIF el canon correspondiente". Los criterios para fijar el cánon los decidirá Fomento, previo informe del GIF y Renfe, teniendo en cuenta las características del servicio.

El consejo de administración estará integrado por un presidente -cuya retribución deberá ser autorizada por el ministro de Economía- y diez o quince vocales, nombrados y cesados libremente por el ministerio. El secretario del consejo de administración será un abogado del Estado. El departamento que dirige Rafael Arias Salgado queda encargado de trasladar al Gobierno de la nación la aprobación de los programas de actuaciones y la gestión financiera del GIF, que tendrá capacidad para actuar como entidad contratante.

En el ámbito del personal, el ente público tiene capacidad para elaborar la relación de puestos de trabajo, aunque se reserva para, los funcionarios las jefaturas de servicios, ya sean directivas o técnicas. El resto del personal tendrá carácter laboral.

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El GIF, siempre según el proyecto de estatutos, contará con un patrimonio propio distinto del Estado, del que formarán parte aportaciones estatales (60.000 millones procedentes de las privatizaciones), fondos comunitarios, el canon por utilización de las líneas, subvenciones, préstamos estatales y los fondos provenientes de su propia capacidad de endeudamiento. El GIF podrá encomendar a la Agencia Estatal de Administración tributaria, mediante el correspondiente convenio, la gestión y recaudación del canon vía apremio.

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