La ley siempre es cruel

La Audiencia de Barcelona absuelve a un insumiso tras criticar la 'mili'

"Donde falta la caridad, la ley siempre es cruel". La cita es sólo una de las muchas que contiene una original sentencia de la Audiencia de Barcelona. Original no tanto por el fallo, que absuelve a un insumiso seguidor de los Testigos de Jehová, como por las consideraciones que hace, pues el tribunal critica con duros adjetivos el servicio militar obligatorio y la prestación social sustitutoria. La sentencia recuerda que el Gobierno ya ha anunciado la supresión de la mili obligatoria, vaticina una amnistía al colectivo de insumisos, que evalúa en 80.000, y alaba las firmes conviccio...

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"Donde falta la caridad, la ley siempre es cruel". La cita es sólo una de las muchas que contiene una original sentencia de la Audiencia de Barcelona. Original no tanto por el fallo, que absuelve a un insumiso seguidor de los Testigos de Jehová, como por las consideraciones que hace, pues el tribunal critica con duros adjetivos el servicio militar obligatorio y la prestación social sustitutoria. La sentencia recuerda que el Gobierno ya ha anunciado la supresión de la mili obligatoria, vaticina una amnistía al colectivo de insumisos, que evalúa en 80.000, y alaba las firmes convicciones religiosas del acusado.El ponente es el presidente de la Sección Octava, Santiago Raposo, y el absuelto Apolonio Cobos Leiva, de 28 años, vecino de Vallirana (Baix Llobregat), quien en 1994, en lugar de acudir al cuartel, se presentó en un juzgado para declararse insumiso y objetor de conciencia. El fiscal solicitaba para él 6 meses de prisión y 10 años de inhabilitación.

La sentencia recuerda que "el propio sujeto resulta internamente convencido de su ilícito proceder", pero entiende que actuó "con plena conciencia de su recto convencimiento moral". Y añade que "situando al hombre en la terrible alternativa de faltar a Dios o a su reveladora conciencia inserta en aquél, o de contribuir a la propia rutina, se destruye la fuerza de los sentimientos religiosos, altruistas y pacifistas".

El magistrado recuerda los "inflexibles preceptos" del acusado y cita unos versículos del libro de Isaías en los que Jesucristo manifiesta que "el amor fraterno debería presidir toda actuación y pensamiento humano". También cita la Declaración Internacional de Derechos Humanos de 1948. En otro apartado indica que "la participación social del acusado deviene integrada en su puesto de trabajo, empleado de Telefónica, no considerándola permutable por otra prestación social nada estable, menos retributiva y obligatoriamente impuesta". El magistrado entiende que esa prestación social es "humana, sin distinción laboral, racial o sexual".

Similares adjetivos se utilizan para referirse al "controvertible, discordante y objetable servicio armamentístico obligatorio en situaciones aspiradas y pretendidas de normalidad", y antes de decretar la absolución, vaticina "concesiones graciosas para los infractores anteriores a aquella proclamada abolición".

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