Gómez de Liaño rechaza la recusación contra Garzón y multa a Galindo

El juez Javier Gómez de Liaño rechazó ayer la recusación que el general Enrique Rodríguez Galindo había presentado contra el juez Baltasar Garzón por supuesto interés directo en el caso Oñederra, en el que se investigan cuatro de los primeros asesinatos de los GAL. El magistrado impuso una multa de 75.000 pesetas al general por considerar que ha actuado de mala fe. El juez Garzón recupera el sumario Oñederra, y previsiblemente volverá a citar a Galindo como imputado, ya que su declaración fue suspendida a raíz de las recusaciones.

El auto es muy duro con la actitud de Galindo y llega a ...

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El juez Javier Gómez de Liaño rechazó ayer la recusación que el general Enrique Rodríguez Galindo había presentado contra el juez Baltasar Garzón por supuesto interés directo en el caso Oñederra, en el que se investigan cuatro de los primeros asesinatos de los GAL. El magistrado impuso una multa de 75.000 pesetas al general por considerar que ha actuado de mala fe. El juez Garzón recupera el sumario Oñederra, y previsiblemente volverá a citar a Galindo como imputado, ya que su declaración fue suspendida a raíz de las recusaciones.

El auto es muy duro con la actitud de Galindo y llega a decir que no se ha cumplido todavía un mes desde que, en un trámite idéntico, hubo que resolver otra recusación contra Garzón, aunque el promotor -fue Rafael Vera- y los sumarios en que fue recusado fueran distintos."Pero a pesar de estas diferencias, comparando situaciones, circunstancias y motivos", añade la resolución, "no es posible disimular que los dos tienen muy, indiscutible parecido; tanto que quizá lo que se imponga sea el ahorro en argumentos".

Respecto al primer motivo de la recusación presentada por Galindo -que pueda ser llamado como testigo en el caso GAL- el juez afirma: "Dicho con pocas palabras, esta razón es tan infundada como antijurídica, procesalmente hablando. Nadie de mediana formación cultural puede acudir a tal artificio sin pasar antes por la malicia o la deslealtad a las reglas de juego del proceso, que son procederes que la ley no ampara y que los jueces deben censurar".

Sobre el segundo motivo -que Garzón tiene interés directo en la causa- Gómez de Liaño señala: "vale aquí lo dicho en el fundamento jurídico 11 del auto de 14.06.96 que desestimó la recusación del señor Vera: no se aprecia en el juez recusado otro interés que cumplir con su deber".

El tercer motivo esgrimido por Galindo para recusar a Garzón es que había sido subordinado del juez. Liaño menciona el informe del fiscal para destacar que "ni en la Constitución, ni en la ley de Enjuiciamiento Criminal, ni en el Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre Policía Judicial, ni en el organigrama que presidía la actuación del Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre la Droga, aparecen rastros de una dependencia tal que, lleve a la incompatibilidad".

El magistrado impone a Galindo el pago de las costas procesales al haber sido rechazada en su totalidad la recusación que presentó. Pero además, Gómez de Liaño dedica un párrafo a justificar la imposición de una multa de 75.000 pesetas- a Galindo por actuar de ' mala fe, de acuerdo con la petición del fiscal.

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"No de otra forma [se refiere a la mala fe]", indica el auto, "cabe calificar la actitud procesal de quien ejercita un derecho a sabiendas de unas circunstancias y unos objetivos que lo hacen abusivo y fraudulento, según la práctica diaria y la conciencia social imponen en los comportamientos procesales".

75.000 pesetas de multa

El magistrado cuantifica la multa en 75.000 pesetas "por ser el recusante persona que cobra a través de nómina pública y no conocerse, por el momento, que disponga de otras fuentes de ingreso". A Vera, por los mismos motivos le impuso una multa de 100.000 pesetas.Galindo presentó el pasado 25 de junio, justo antes de que tuviera que declarar como imputado ante Garzón, una doble recusación contra este magistrado y contra el juez que debía resolver la recusación, Javier Gómez de Liaño. Ambos se apartaron del caso y fue el titular del juzgado central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, sustituto legal en caso de doble recusación, quien decidió que la amistad íntima entre ambos jueces no era causa de recusación.

Garzón recupera ahora la instrucción del caso Oñederra, y la primera actuación previsible en ese caso será volver a citar al general, puesto que su declaración como imputado quedó suspendida con la recusación. El magistrado no imputa a Galindo ningún delito concreto sino supuestas funciones de dirección en el llamado GAL verde, o de la Guardia Civil. Además, fuentes de la Audiencia Nacional señalaron que Galindo podría ser interrogado acerca del atentado en el que perdió la vida el ciudadano francés, Christian Olaskoaga y resultó gravemente herido su hermano Claude. Este crimen fue cometido en la localidad vasco francesa de Biriatou el 18 de noviembre de 1984.

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