El Tribunal Superior de Cataluña archiva la causa por cohecho contra el consejero Subirà

El Tribunal Superior de Cataluña ha archivado la causa abierta por un supuesto cohecho al consejero de Industria de la Generalitat, Antoni Subirá, por la forma en que se liquidó un aval público de 58 millones que recibió la empresa Subirá y Cía., propiedad de su familia. La deuda con la Generalitat no fue afrontada por esa sociedad, que quebró, y, años después fue liquidada por un empresario catalán propietario de unos terrenos cuya recalificación fue defendida por Subirá para la ubicación de la ampliación de la Fira de Barcelona. Los jueces basan el archivo en que las "conjeturas" y "suposici...

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El Tribunal Superior de Cataluña ha archivado la causa abierta por un supuesto cohecho al consejero de Industria de la Generalitat, Antoni Subirá, por la forma en que se liquidó un aval público de 58 millones que recibió la empresa Subirá y Cía., propiedad de su familia. La deuda con la Generalitat no fue afrontada por esa sociedad, que quebró, y, años después fue liquidada por un empresario catalán propietario de unos terrenos cuya recalificación fue defendida por Subirá para la ubicación de la ampliación de la Fira de Barcelona. Los jueces basan el archivo en que las "conjeturas" y "suposiciones" sobre la actuación del consejero "no son bastantes procesalmente para sentar una conclusión penal".

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Subirà y Cía recibió en 1981 un aval de la Comisión de Ayuda a la Reconversión Industrial de Cataluña (CARIC), un organismo de la Generalitat actualmente desaparecido.. La ayuda fue concedida por decisión del Consell Executiu de la Generalitat cuando la situación financiera de la sociedad era crítica. Dos años después, Subirà y Cía. quebró y no retornó a la Generalitat la deuda, que se aproximaba a los 58 millones de pesetas.Ocho años después, otra empresa, Inversiones y Negocios Inmobiliarios, canceló la deuda de Subirá, aunque lo hizo utilizando otra sociedad inactiva denominada Frisolca. Inversiones y Negocios Inmobiliarios estaba controlada por Felipe Massot Felip, cuya familia es propietaria del polígono Mas Blau, cercano a El Prat del Llobregat.

Según el auto, en el desarrollo de la cancelación del al existen unas apreciaciones que "resultan incuestionables Y las enumera: "Aportación por Felipe Massot de una cantidad muy importante de dinero, la entrega se hace con la finalidad de ser destinada al pago de una deuda que Subirà y Cía. tenía con la Generalitat, la operación se realiza pocos días antes de ser designado el señor Subirá como consejero de Industria; el mencionado tenía conocimiento de la operación; el señor Subirá en su función de consejero desplegó un singular interés en que la ampliación de la Fira de Barcelona, se instalase en Mas Blau II [propiedad de Massot], para lo que era preciso un cambio en la normativa urbanística de la, zona a cuyo fin tomó la iniciativa y contribuyó con la influencia de su cargo político (... ) y como consecuencia del cambio, se ha producido una notable revalorización de los terrenos, lo que ha supuesto un indudable beneficio para el patrimonio del señor Massot".

La resolución de archivo también recoge que la apuesta por ubicar la Fira en esos terrenos, defendida por Subirá, finalmente no prosperó por la oposición del alcalde de Barcelona, Pasqual Maragall. La ampliación de la Fira fue finalmente decidida en los terrenos del polígono Pedrosa.

Conjeturas y suposiciones

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El auto del Tribunal Superior dice que "los hechos permiten formular conjeturas en relación con la devolución de un favor ( ... ). Pero las conjeturas, o suposiciones, no son bastante procesalmente para sentar una conclusión penal". La misma resolución califica de "torpe y burda, desde el punto de vista jurídico" la operación que se realizó para que la donación del dinero tuviese forma de préstamo.Reconoce el auto que en este caso se plantea la duda. Y precisa: "Después de sopesar, considera que no hay base suficiente para formar una completa convicción de la existencia del delito. El pudiera ser o es posible y demás apreciaciones similares están impregnadas de una incertidumbre y una inseguridad incompatibles con una atribución penal fundada".

El auto es del magistrado instructor del caso, Jesús Corbal Fernández, que matiza que su decisión está sujeta al criterio, de la Sala de, lo Penal del Tribunal Superior, que sólo se pronunciará si hay recurso. El archivo del caso Subirá fue solicitado por la fiscalía por entender que se había producido la prescripción del delito.

El auto niega la prescripción y matiza, además, que cerrar el caso por la extinción de la responsbilidad supondría "presuponer que hubo delito ( ... ) y se colocaría al imputado en una situación de indefensión, agravada por el reproche social que supone dar por entendido que el cohecho se cometió".

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