Editorial:

El diván del juez

EL SECRETO, como defensa de la intimidad de las personas, no puede estar al albur de la curiosidad o de la fiscalización de nadie. Ni por parte del Estado -jueces, policías, inspectores de Hacienda...- ni por parte de ningún elemento de la sociedad. A este secreto hay que defenderlo como lo que es: como garantía de un derecho fundamental de la persona, especialmente amparado por la Constitución. Otra cosa es el secreto como cobertura del delito o pretensión de impunidád.Esta doctrina tiene valor universal. Incluso frente a quienes, como los jueces, están autorizados por las leyes a investigar ...

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EL SECRETO, como defensa de la intimidad de las personas, no puede estar al albur de la curiosidad o de la fiscalización de nadie. Ni por parte del Estado -jueces, policías, inspectores de Hacienda...- ni por parte de ningún elemento de la sociedad. A este secreto hay que defenderlo como lo que es: como garantía de un derecho fundamental de la persona, especialmente amparado por la Constitución. Otra cosa es el secreto como cobertura del delito o pretensión de impunidád.Esta doctrina tiene valor universal. Incluso frente a quienes, como los jueces, están autorizados por las leyes a investigar hechos y personas en relación con el delito. ¿Vulnera este derecho a la intimidad la iniciativa de algunos jueces de exigir a los médicos los historiales clínicos de sus pacientes sujetos a investigación criminal? "Jueces desmesuradamente curiosos", los llama el psiquiatra Carlos Castilla del Pino, para quien esta forma de actuar constituye un inquietante síntoma del escaso aprecio del poder hacia el secreto profesional.

Esta práctica judicial ha suscitado la natural preocupación entre los médicos. Y un interesante debate entre los juristas. Para los médicos, el que un juez pretenda hacerse con el entero historial clínico de un paciente, aunque sea en el marco de una actuación sumarial, supone llevarse por delanteel secreto profesional que están obligados a guardar. Y para la mayoría de los juristas, esa práctica supone una extralimitación de las funciones de los jueces. En el mejor de los casos, un indicio de burocratización en su forma de ejercerlas.

¿Qué le importa al juez, a los efectos de investigarun delito de aborto o de tráfico, si la persona inculpada ha mantenido tales o cuales relaciones en su entorno personal o familiar, en un caso, o si es homosexual, en el otro? Son datos ajenos a la investigación, único motivo que justificaría su acceso a los mismos. De otro lado, son datos personales sujetos a la confidencialidad del médico. ¿Qué confianza podrá tener un paciente si sabe que tales datos podrán un día ser reclamados por un juez? Probablemente no es lícito, y desde luego no es necesario, que un juez interfiera de esa manera en un ámbito tan delicado como es la relación médico-paciente.

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Para quienes piensan que la facultad investigadora de los jueces tiene límites -las leyes, los derechos. fundamentales de las personas...-, esta tendencia de algunos de ellos a entrar a saco en el banco de datos confidenciales de los médicos revela, ante todo, una forma abusiva, además de inoperante, de realizar su trabajo. Seguramente sirve más a la investigación del delito un buen informe pericial que llevarse indiscriminadamente y en bruto el historial de un paciente, violando el derecho a su intimidad y pasando por encima del compromiso hipocrático.

Teóricamente, nunca ha estado más protegido que ahora el derecho a la intimidad personal. Constituciones democráticas y convenios internacionales de derechos humanos se encargan de ello. Pero en la realidad nunca ha estado más amenazado. Prácticas abusivas del poder y posibilidades tecnológicas se aúnan para cuestionar cada vez más el derecho a la privacidad. Sería bien paradójico que los jueces, profesionalmente encargados de garantizar ese derecho, se convirtieran en una amenaza contra el mismo.

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