Editorial:

Detencion legítima

LUIS ROLDÁN se burló una vez de la justicia poniéndose fuera de su alcance en abril de 1994 y pretendió burlarse de nuevo un año más tarde alegando que fue detenido y traído a España de forma delictiva, para lo cual no dudó en acusar a toda la cúpula de Interior, incluido el ministro. Cinco meses después el Supremo ha echado por tierra su maniobra de distracción jurídica.Al procesamiento de Roldán por todos los delitos de los que la justicia cree tener indicios de culpabilidad suficientes por su conducta al frente de la Guardia Civil se añade ahora el inequívoco pronunciamiento de la Sala Segu...

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LUIS ROLDÁN se burló una vez de la justicia poniéndose fuera de su alcance en abril de 1994 y pretendió burlarse de nuevo un año más tarde alegando que fue detenido y traído a España de forma delictiva, para lo cual no dudó en acusar a toda la cúpula de Interior, incluido el ministro. Cinco meses después el Supremo ha echado por tierra su maniobra de distracción jurídica.Al procesamiento de Roldán por todos los delitos de los que la justicia cree tener indicios de culpabilidad suficientes por su conducta al frente de la Guardia Civil se añade ahora el inequívoco pronunciamiento de la Sala Segunda del Supremo sobre la legalidad de su detención. La querella formulada por Roldán contra la cúpula de Justicia e Interior por prevaricación y falsedad documental ha sido rechazada en toda regla. El Supremo desinfla así el, artificioso y recurrente caso Laos. La actuación contra él estaba legitimada, afirma la sentencia, por la orden de busca y captura dictada por la juez Ana Ferrer.

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Con esta decisión,el Supremo marca, sin duda, los criterios a seguir por los tribunales ordinarios en el de la supuesta falsificación de los papeles de Laos, sea el juez Garzón o la juez Tardón quien se quede con el caso en el conflicto de competencia entre ambos. Más modesto que mucho pretendido jurista que pontificó disparates tras la detención de Roldán, el Supremo admite que caben matizaciones jurídicas, pero siempre a partir de un hecho incontestable: la comunicación del ministro de Justicia e Interior español "está legitimada por una orden de detención dictada por la autoridad judicial encargada del caso, fue enviada por órgano competente y no se ha prescindido, en absoluto, del procedimiento establecido".

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