LA LUCHA ANTITERRORISTA

El Código Penal llamará apología a incitar al delito

Juristas y políticos coinciden en la dificultad de castigar penalmente en una democracia las reprobables conductas de quienes elogian el terrorismo, si bien se abre. paso entre ellos que sí es penalizable la incitación al delito. En esa línea se mueve el proyecto de Código Penal ya informado por la ponencia del Congreso de los Diputados y que el próximo 8 de mayo comenzará a debatirse en su Comisión de Justicia e Interior.

A diferencia del vigente Código Penal, el proyecto de 1992, elaborado por el anterior ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, estableció una definición ...

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Juristas y políticos coinciden en la dificultad de castigar penalmente en una democracia las reprobables conductas de quienes elogian el terrorismo, si bien se abre. paso entre ellos que sí es penalizable la incitación al delito. En esa línea se mueve el proyecto de Código Penal ya informado por la ponencia del Congreso de los Diputados y que el próximo 8 de mayo comenzará a debatirse en su Comisión de Justicia e Interior.

A diferencia del vigente Código Penal, el proyecto de 1992, elaborado por el anterior ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, estableció una definición de la apología del terrorismo. Sólo la diputada Koro Garmendia, por Euskadiko Ezkerra, pidió la supresión del precepto. El PP lo modificó con más contundencia y el PNV propuso que la definición se hiciese en la parte general del código.

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Así lo ha hecho el proyecto de Código Penal de 1994 en la actual legislatura. En su artículo 18.2, reproduce esencialmente el texto de 1992 ["la apología existe cuando, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, se expongan ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor..."], al que ha añadido: "... y que, por su naturaleza y circunstancias, puedan constituir una incitación directa a cometer el delito".

Provocación

El diputado de IU Diego López Garrido considera esta regulación "una barbaridad" y recuerda que su grupo es el único que pide la supresión de este delito, "por la enorme dificultad de condenarlo y porque entra en conflicto con la libertad de expresión". Para IU, "donde pone apología debe poner provocación, conducta que sí es penalizable".

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Los penalistas consultados coinciden con este criterio. El más expresivo es el catedrático de Derecho Penal de Sevilla, Francisco Muñoz-Conde, para quien "los límites del derecho son tales que la mera apología no sirve para nada, porque sólo se distingue del ejercicio de la libertad de expresión cuando es el medio para cometer el delito de coacciones o amenazas, que tienen que ser inminentes y concretas". Para Muñoz-Conde "que unos crean que los etarras son magníficos o que otros exalten a Amedo y Domínguez no puede ser delito".

Para el ex diputado socialista y catedrático de Filosofia del Derecho en la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid, Manuel Núñez Encabo, "la Constitución ampara la libertad de expresión de ideas y pensamientos incluso contrarios a la democracia, como la apología de la violencia, y sólo puede castigarse la conducta que pasa a la inducción de hechos terroristas concretos que sean delito".

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