La fiscalía pide que se revoque la querella del Ejecutivo contra Amedo

La fiscal María Dolores Márquez de Prado pidió ayer que se revoque la admisión a trámite de la querella del Gobierno contra José Amedo, por considerar que la mera admisión es "una forma social de castigo muchas veces injusto e irreparable".

La fiscal instó al juez Ismael Moreno a que tenga "prudencia y paciencia" para esperar a lo que suceda en el proceso sobre el secuestro de Segundo Marey y la organización y financiación de los GAL que se tramita en el juzgado de Baltasar Garzón, puesto que la veracidad de las declaraciones de Amedo en El Mundo en las que se imputa a miembr...

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La fiscal María Dolores Márquez de Prado pidió ayer que se revoque la admisión a trámite de la querella del Gobierno contra José Amedo, por considerar que la mera admisión es "una forma social de castigo muchas veces injusto e irreparable".

La fiscal instó al juez Ismael Moreno a que tenga "prudencia y paciencia" para esperar a lo que suceda en el proceso sobre el secuestro de Segundo Marey y la organización y financiación de los GAL que se tramita en el juzgado de Baltasar Garzón, puesto que la veracidad de las declaraciones de Amedo en El Mundo en las que se imputa a miembros del Ejecutivo la organización del citado grupo terrorista. Y añade que hasta que ése caso no concluya no se podrá determinar si Amedo ha cometido delito o no.

En el recurso, la fiscal se apoya en una resolución anterior del Juzgado Central 4 de la Audiencia Nacional que hace cinco años desestimó una querella del Gobierno contra El Mundo. La fiscal reproduce uno de los fundamentos de aquella decisión en la que se señalaba: "La prevalencia que en el presente caso tiene el derecho a la información veraz supera incluso el respeto gubernamental que el artículo 161 del Código Penal pretende amparar ( ... ) no puede existir delito en la descripción de la verdad".

También recoge decisiones del Tribunal Constitucional en las que se precisa que "una resolución de inadmisión de querella nunca es contraria al derecho de tutela judicial efectiva si el órgano judicial entiende que los hechos imputados carecen de ilicitud penal". Esto es, no se vulneran los derechos del querellante si los hechos que se denuncian no constituyen delito alguno.

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