El Gobierno devolverá el IVA en un mes en algunos sectores productivos

El proceso de devolución del IVA (impuesto sobre el valor añadido) a los sectores productivos que soportan un impuesto superior al que repercuten, se va a agilizar al establecerse un procedimiento de devolución inmediata mensual, que sustituye al actual de liquidación anual. El Gobierno aprobó ayer la modificación del reglamento que permitirá que las devoluciones, que actualmente tardaban un año en producirse, se hagan en un mes.

La modificación del reglamento, aprobada ayer por el Consejo de Ministros se lleva a cabo a través de un real decreto por el que se decide aplicar el procedimi...

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El proceso de devolución del IVA (impuesto sobre el valor añadido) a los sectores productivos que soportan un impuesto superior al que repercuten, se va a agilizar al establecerse un procedimiento de devolución inmediata mensual, que sustituye al actual de liquidación anual. El Gobierno aprobó ayer la modificación del reglamento que permitirá que las devoluciones, que actualmente tardaban un año en producirse, se hagan en un mes.

La modificación del reglamento, aprobada ayer por el Consejo de Ministros se lleva a cabo a través de un real decreto por el que se decide aplicar el procedimiento de devoluciones inmediatas -el que vienen desarrollando actualmente las empresas exportadoras- a aquellos sectores que, por repercutir en sus ventas un tipo de IVA (3%) inferior al que soportan en sus compras (15%), estaban financiando a Hacienda.Los sectores sobre los que se aplicará la nueva reglamentación de liquidación mensual- son el alimenticio, editorial, petrolífero y construcción. Todos estos sectores suelen soportar en sus compras un tipo del 15% y aplicar en sus ventas el 3% o el tipo cero. Estos sectores, y otros a los que la modificación del reglamento no les afecta, habían pedido en repetidas ocasiones un trato similar- al que tienen las empresas exportadoras por entender que suponía una carga excesiva para, sus cuentas de explotación financiar a Hacienda por cantidades elevadas durante un periodo de tiempo tan prolongado.

Liquidaciones

Hasta ahora las empresas de esos sectores hacían declaraciones triestrales de IVA y una vez al año procedían a hacer la liquidación del ejercicio. A partir de ese momento Hacienda tenía un plazo de seis meses para proceder a la devolución del exceso del impuesto soportado. El tiempo de devolución, no obstante, solía superar, por los procedimientos administrativos, el año.El nuevo reglamento establece un sistema de liquidaciones mensual y Hacienda se compromete a devolver la cantidad que corresponda dentro del mes siguiente y antes de que se realice la nueva liquidación.

La modificación del reglamento forma parte de las medidas de apoyo a la actividad productiva solicitadas por varios partidos políticos y constituye un paso más en el camino de lograr una mayor disciplina del sector público a la hora de ordenar ingresos y gastos, se señala en medios oficiales. De esta manera los sectores productivos que tradicionalmente tienen derecho a devolución por parte de Hacienda van a recibirla bastante antes pudiendo destinar estos fondos no a financiara la Hacienda Pública sino a actividades relacionadas directamente con su actividad. La reducción de costes financieros para estos sectores puede ser significativa.

La modificación del reglamento ha sido bien acogida por los medios empresariales. Javier Berruguete, responsable del área fiscal de la patronal CEOE, señalaba ayer que "es una buena noticia, aunque si el nuevo reglamento hubiera incluido más sectores, como pedimos nosotros en junio, sería todavía mejor". CEOE consideraba que la modificación del reglamento debía afectar también al sector farmacéutico y al de productos de producción agrícola (pesticidas, fertilizantes ...). El experto de la patronal destacó también que el reglamento simplifica los requisitos y contribuye a mejorar la contabilidad de las empresas, aunque ha subrayado la necesidad de que Hacienda sea realmente ágil a la hora de devolver el impuesto.

Hacienda parece decidida a clarificar sus ingresos y gastos no retrasando artificialmente sus obligaciones de pagos. La modificación del reglamento de liquidación del IVA viene a sumarse al impulso desarrollado durante este año por reducir la deuda de la Administración central con las empresas suministradoras, lo que ha sido, reconocido por estas empresas que señalan que en la actualidad la morosidad en el pago se concentra especialmente en las administraciones autonómicas, y se continuará con el compromiso del ministro de Economía, Pedro Solbes de hacer algo similar con las retenciones a cuenta del IRPF.

Ahora las retenciones del IRPF están calculadas, en términos generales, por encima de la cuota final resultante. Ello provoca que el número de declaraciones del IRPF con derecho a devolución crezca cada año y haya adquirido proporciones excesivas. En la liquidación del impuesto sobre la renta del año 1993, presentada en el pasado mes de junio, la cifra de devolución se elevó a 840.000 millones de pesetas.

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