Identificación y plazos

El 29 de enero, la Secretaría de, Estado para la Administración Pública cursó una re solución con instrucciones so bre cómo deben identificarse los funcionarios con el fin de "facilitar su receptividad con los ciudadanos". La resolución entró en vigor el pasado 15 de febrero y en su primer anexo indica cómo debe pro ducirse esa identificación.Antes de iniciar una conversación telefónica si el que llama primero es el funcionario, debe indicar la denominación de su Unidad Administrativa, su nombre y apellido y el objeto de su llamada. Si es a la inversa,. "tras descolgar el teléfono, se indi...

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El 29 de enero, la Secretaría de, Estado para la Administración Pública cursó una re solución con instrucciones so bre cómo deben identificarse los funcionarios con el fin de "facilitar su receptividad con los ciudadanos". La resolución entró en vigor el pasado 15 de febrero y en su primer anexo indica cómo debe pro ducirse esa identificación.Antes de iniciar una conversación telefónica si el que llama primero es el funcionario, debe indicar la denominación de su Unidad Administrativa, su nombre y apellido y el objeto de su llamada. Si es a la inversa,. "tras descolgar el teléfono, se indicará la Unidad y sólo se completará con la identidad del funcionario si el ciudadano se interesa o si se prevé continuidad en la relación".

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En museos, bibliotecas, archivos y centros similares, donde no resulte fácil distinguir quién es funcionario o no lo es, el que lo sea debe llevar prendido de su ropa, en un lugar donde cualquier ciudadano pueda leerlo, -a una distancia considerada de respeto, 1,20 metros- una rotulación con su nombre, apellidos y función pública.

Los distintivos personales o galletas, como se les conoce en el argot administrativo, no se acaban ahí. Deben figurar al frente de los despachos, en los rótulos de las mesas "a una distancia visible desde dos metros de distancia", donde no debe faltar el logotipo institucional correspqndiente, que estará presente también en los autoadhesivos, tarjetas de visita personalizadas, las de control, en los formatos de las comunicaciones escritas....

Remoción del puesto

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Otra de las novedades que introduce la reforma es la fijación de un plazo máximo de tres meses para que la Administración resuelva los trámites si la norma del procedimiento no fija plazo alguno.

Pero además, recaen directamente con la responsabilidad de esa tramitación los titulares de las unidades administrativas y el personal que tengan a su cargo esa tarea.

El incumplimiento de esta norma da lugar a responsabilidades disciplinarias o, en su caso, la destitución del puesto de trabajo del funcionario.

La asunción de estas responsabilidades era una deuda pendiente de la burocracia. Juan Ignacio Moltó, subsecretario de Administraciones Públicas, no le da demasiada trascendencia, después del pacto firmado con los sindicatos de empleados de la Función Pública para la modernización del Estado.

En los próximos días se dedicará a lubricar el nuevo engranaje jurídico de la Administración para que chirríe lo menos posible. Entre tanto, compatibilizará esa tarea con el proyecto ya en marcha de enganchar mediante redes informáticas los bancos de datos de todas las administraciones públicas.

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