El PP y el Defensor del Pueblo recurren la Ley de Datos ante el Constitucional

El Partido Popular presentará hoy un recurso de inconstitucionalidad contra cinco preceptos de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos Personales (LORTAD), que entrará en vigor el próximo día 31. El titular del Defensor del Pueblo, Álvaro Gil-Robles, presentó ayer el suyo ante el Tribunal Constitucional contra dos artículos de la misma ley. En cambio, no aceptó la sugerencia de su adjunta primera, Margarita Retuerto, para que impugnara también otros dos artículos sobre tratamiento policial de datos sensibles y denegación de acceso a los interesados.

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El Partido Popular presentará hoy un recurso de inconstitucionalidad contra cinco preceptos de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos Personales (LORTAD), que entrará en vigor el próximo día 31. El titular del Defensor del Pueblo, Álvaro Gil-Robles, presentó ayer el suyo ante el Tribunal Constitucional contra dos artículos de la misma ley. En cambio, no aceptó la sugerencia de su adjunta primera, Margarita Retuerto, para que impugnara también otros dos artículos sobre tratamiento policial de datos sensibles y denegación de acceso a los interesados.

Los artículos recurridos por el Defensor del Pueblo son el 19.1 [cesión de datos entre Admiinistraciones públicas], el 22.1 [excepción para los ficheros de las Administraciones públicas de la garantía de informar al afectado] y el 22.2 [excepción al derecho de información y cancelación de datos por "razones de interés público"]. Gil-Robles estima que todos ellos vulneran el artículo 18.4 de la Constitución, según el cual la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar...", así como el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Límites a la informática

En su recurso, de 42 folios, el Defensor del Pueblo resalta que los preceptos que impugna "son precisamente los que dan un mayor margen de actuación a las Administraciones públicas para manejar sin limitaciones los datos personales de los ciudadanos que obran en sus archivos y ficheros". Agrega que, en caso de que sean declarados inconstitucionales, la Administración tendría límites muy precisos y concretos para el uso de la informática en contra del deseo de los titulares de los datos personales".El recurso se hace eco del dictamen de la Comisión de Libertades e Informática -elaborado por el catedrático de Derecho Constitucional Diego López Garrido-, que razonó la inconstitucionalidad de ocho preceptos, entre ellos los recurridos por Gil-Robles y los impugnados, sin éxito, por Margarita Retuerto.

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