BARCELONA 92

Justicia confirma las medidas cautelares contra Nike

A escasos días del inicio de los Juegos Olímpicos en Barcelona, la multinacional de ropa deportiva Nike no ha conseguido que el Juzgado de Barcelona que instruye el caso o el Tribunal Constitucional fallasen en favor de sustituir las medidas cautelares que impiden la venta y la publicidad de su ropa por una fianza, tal y como los representantes de la firma norteamericana en España habían solicitado. Con sendas resoluciones, se mantiene la incertidumbre sobre si los atletas olímpicos patrocinados por Nike podrán vestir la ropa con la marca de la multinacional durante los JJ OO.

La decisi...

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A escasos días del inicio de los Juegos Olímpicos en Barcelona, la multinacional de ropa deportiva Nike no ha conseguido que el Juzgado de Barcelona que instruye el caso o el Tribunal Constitucional fallasen en favor de sustituir las medidas cautelares que impiden la venta y la publicidad de su ropa por una fianza, tal y como los representantes de la firma norteamericana en España habían solicitado. Con sendas resoluciones, se mantiene la incertidumbre sobre si los atletas olímpicos patrocinados por Nike podrán vestir la ropa con la marca de la multinacional durante los JJ OO.

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La decisión del juzgado número 10 de Barcelona -que sustituye al 9, que instruía el caso Nike- dispuso el lunes pasado que no había "lugar a la modificación de las medidas cautelares vigentes actualmente" que impiden la comercialización y la publicidad de la ropa deportiva de la firma norteamericana, en defensa de los derechos de la marca Nike española, registrada desde 1932 y perteneciente a la empresa catalana Cidesport.La revisión de la sentencia dictada el pasado 15 de marzo de 1991 fue solicitada por los representantes de la Nike norteamericana apoyándose en la intervención de la Comisión Europea en el contencioso, el pasado 10 de julio. El órgano comunitario exigió la eliminación de "las restricciones a la libre circulación de mercancías en el territorio comunitario", que vulnera el artículo 30 del tratado de la CE (Nike tiene filiales en todos los los países de la CE que no pueden exportar a España).

El juez señala que Nike International no tiene registrada la marca Nike en otro Estado comunitario, "con lo que sólo se puede establecer como hecho probado que la comercialización en el ámbito de la CE de sus productos, fabricados en países terceros, sólo era posible como consecuencia de los tratos a los que había llegado con la concesionaria de la marca española Nike número 88.222, es decir, la compañía Cidesport". El juzgado considera que al cesar el contrato entre ambas marcas en 1989, Nike International no puede comercializar sus productos.

Por su parte, el Tribunal Constitucional, que resolvió el, pasado martes el recurso de súplica presentado por los representantes de la multinacional, desestima también la sustitución de las medidas cautelares por una fianza, al considerar que el daño "no es irreparable". Nike puede comercializar y hacer publicidad sólo de calzado, bolsas y ropa de cuero.

El gran interrogante es si los atletas patrocinados por la multinacional., que invierte 26.000 millones de pesetas al año en publicidad, se verán afectados por las medidas cautelares durante los JJ OO. Nike es patrocinador oficial de la selección de atletismo de Estados Unidos y del equipo olímpico de Argelia, y tiene en nómina publicitaria a deportistas como Andre Agassi, John McEnroe y Carl Lewis. La multinacional reivindica, además, que las medidas deben afectar al territorio español y no a un acto multinacional como los JJ OO.

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